Saga Bacardí |
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ESCRITURA DE PODERES HACIA HERRERA, POR ENTRE OTROS IGNACIO VILLAVECCHIA Y VIANI. |
En la ciudad de Barcelona a catorce de Diciembre de mil ochocientos sesenta y seis. Ante mi el infrascrito notario del colegio de este territorio Francisco Javier Moreu vecino de la presente y de los testigos, que se nombrarán, comparecieron los Señores Don José Manuel de Lopetegui, Don Ignacio Villavecchia y Viani, Don Manuel de Compte y Ferran, Don Carlos Montagú, Don Roberto Guille, Don Jacinto Riba, Don Nonito Plandolit y Matamoros, y Doña Olimpri O’Dally viuda de Don Pedro Plandolit y Matamoros, esta Señora como a tutora y curadora de las personas de sus hijos menores Doña Isabel, Doña Aurelia, Doña Antonia y Don José Plandolit y O’Dolly, comunes a ella y a su difunto marido Don pedro, quien con Don Nomito son herederos de su diffunto padre Don José Plandolit y Ribas, Don Juan Rubio de la Serna en calidad de apoderado de Doña Maria de la Concepción Rubio de Vieta en concepto de heredera de su esposo Don Ramon Vieta y Sastre, instituida con el testamento que este entregó cerrado a Don Joaquin Odena y a Don Antonio Alsina notarios de esta ciudad a dos de Junio de mil ochocientos cincuenta y siete, que fue publicado y protocolado por dichos notarios en diez y ocho y veinte y dos de Noviembre de mil ochocientos sesenta y uno, y del poder del Señor Rubio consta en actos del nombrado notario Alsina a primero de Julio de mil ochocientos sesenta dos, todos del comercios y vecinos de esta ciudad, asegurando y apareciendo tener la capacidad legal para contratar, dijeron: Que espontaneamente otorgaban como otorgan que dan y confieren todo su poder cumplido, general y tan amplio cual de derecho se necesite a Don Cristobal Martin de Herrera, abogado y vecino de la villa y corte de Madrid, para que representando la persona, voz, accion y derecho de los Señores otorgantes pueda presentarse a Su Magestad la Reyna (que Dios guarde) su secretaria, Señores ministros, tribunales supremo, especialmente ante el consejo de Estado, y ante quien convenga, a pedir la alzada por la via gubernativa o contenciosa, o por aquella otra que crea mas oportuna, de la multa de dos mil quinientos escudos, que les fue impuesta por Real orden de veinte y uno de Junio de este corriente año, por haber propuesto y emitido documentos de credito, con el nombre de Obligaciones de la Compañia Anonima titulada “De Navegacion e Industria”, cuando formaban parte de su administración, en los actos de mil ochocientos cincuenta y tres, y mil ochocientos cincuenta y cuatro, presentando a dicho fin cuantos memoriales, suplicas, recursos y documentos sean menester. Pueda presentarse ante cualesquiera Señores jueces y tribunales del reyno, que entendieren o debieren entender de dicho asunto, y en ellos cocomenzar, seguir y terminar todos pleitos y causas, presente escritos, documentos y pruebas, pida costas, terminos, solturas, inventarios, desembargos, ejecutorias, ventas y remates de bienes, tome su posesión y amparo, haga recusaciones y protestas, decline jurisdiccion, introduzca recursos contra fuerza, tache y contradiga lo que de contrario se alegare, oiga autos y sentencias, consienta lo favorable y de lo contrario apele y suplique, interponiendo los demas recursos procedentes, solicite y obtega ejecutorias y otros despachos y su cumplimiento, y practiquer las demas diligencias que considere necesarias y convenientes en cualquier estado de las actuaciones. Substtituya estos poderes, revoque los substitutos y nombre otros de nuevo. Practicndo para lo antedicho cuanto sea menester, pues el poder que al efecto necesite, ese mismo le dan y confieren en amplia forma. Prometen tener pof rirme y valido todo lo que haran dicho apoderado y sus substitutos sin revocarlo por motivo alguno. Así lo otorgan siendo testigos Don Manrique Perez y Don Rosendo Güell en esta ciudad residentes. Yo el notario conozco a los Señores otorgantes, quienes son de la profesión y vecindad predichas, he leido a ellos y a los testigos integra esta escritura, y advertidos unos y otros del derecho que tienen de leerla por si, optaron por la lectura que le hice y firman dichos Señores otorgantes, de todo lo que doy fe.
Roberto Guille, Carlos Montayu, Juan Rubio de la Serna, Jacinto Ribes, José Manuel Lopetegui, Olmpie O’Daly de Plandolit, Nonita Plandolit, Manuel de Compte, Ignacio Villavecchia, Francisco Javier Moreu.