Saga Bacardí |
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ESCRITURA DE SEGUNDO PROTESTO DE PAGARÉ DE GILI, CONTRA CANADELL & VILLAVECCHIA. |
En el pueblo de San Marti de Provensals, partido judicial de las afueras de Barcelona a los treinta de Junio de mil ochocientos ochenta y siete. Don Antonio Canadell y Prats, de cincuenta y tres años, soltero, del comercio y vecino de Barcelona, que ha exhibido al suscrito notario de este Ilustre Colegio Territorial con residencia en la propia capital Don José Maria Vives y Mendoza, actuando en el protocolo de Don Antonio Vehils y Font del Sol, tamibén notario de Barcelona, por ausencia del mismo, su cédula de empadronamiento espedida por la Administración de Propiedades e Impuestos de esta Provincia a los once de Agosto del año último bajo el número ciento treinta y tres de la clase sétima, con la cual he comprobado su personalidad, obrando en la calidad que ha dicho tener de Gerente de la razón social “Canadell & Villavecchia”, me ha requerido para evacuar el protesto de un pagaré que copiado es como sigue.= Clase 11ª.= Numero 290.= Por pesetas 17000.= Pagaré por todo el dia veinte y ocho del proximo mes de Junio a la orden de los Señores “Canadell & Villavecchia” la cantidad de diez y siete mil pesetas, en moneda metálica de oro u plata precisamente, con esclusión de toda clase de papel moneda creado o por crear aunque su curso fuese forzoso cuyo valor tengo recibido de los mismos Señores en trigo a mi entera satisfacción.= Barcelona veinte y ocho de Abril del año mil ochocientos ochenta y siete.= Cédula personal de 7ª clase-Nº 1011.= José Gili.= Está estendido en papel del timbre correspondiente. En su virtud siendo la hora de tres a cuatro de la tarde, me he constituido con los testigos que al final se nombrarán en la casa señalada de número ciento ochenta y cinco en el Paseo del Cementerio de este pueblo, fábrica de harina propia de Don José Gili, domicilio indicado por el Señor requirente de dicho Señor, y habiendo encontrado al mismo, le he requerido para que pagase el transcrito pagaré que el requirente en la calidad en que acciona, ha asegurado haberlo presentado al mismo efecto en el dia de anteayer que fue su vencimiento no habiendose podido protestar en el de ayer por ser festigo, a lo cual ha contestado que no lo pagaba por carecer de fondos. Por lo que en nombre del Señor Don Antonio Canadell y Prats, en la calidad antes dicha, he protestado contra el librador y demás que haya lugar de daños, perjuicios, costas, intereses, cambios, recambios y demas licito protestar. De lo que levanto esta acta, habiendo entregado copia de ella al requerido, siendo testigos presenciales Don Jaime Puig y Gaya y Don Sebastián Giol y March, ambos vecinos de la ciudad de Barcelona, a quienes y al requerido he leido su contenido despues de adertidos de su derecho para leerlo por si, y firman de lo que doy fe.
José Gili, Jaime Puig Gaya, Sebastian Girol, José Maria Vives.