Saga Bacardí |
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LIQUIDACIÓN DE LA PARTE DE LA COMPAÑÍA DE VESTUARIOS HACIA ANTÓN LLETJOS POR PARTE DE DE MESTRE Y BALTASAR DE BACARDÍ Y CLAVELL |
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En la ciudad de Barcelona a los seis dias del mes de Julio del año del Nacimiento del Señor de mil setecientos setenta y cinco.
Sepase por esta publica escritura como yo Antonio Llettjos comerciante vecino de dicha ciudad: Por quanto con escritura publica que passó por ante el infro escribano a los quatro dias del mes de Febrero del corriente año. Los Señores Dn. Ramon Nadal y Ferrer en dicha ciudad domiciliado, Baltasar Bacardí, Cristóbal Gironella, y Estevan de Mestre tambien comerciantes vecinos de la misma presente ciudad, y ha dicho Antonio Lletjos hicimos extinción de la sociedad o compañía teniamos formada con Dn. Ramon Sierra vecino de la Villa y Corte de Madrid, por razon del Real Asiento de vestuario para las tropas de Su Majestad y por tiempo de diez años que tuvieron proncipio en el dia veinte y uno de Noviembre de mil setecientos sesenta y tres, y cumplieron en veinte de Noviembre de mil setecientos setenta y tres; Y juntamente hicimos tambien cessión a favor del sobrenombrado Sor. Dn. Ramon Sierra, del dinero efectivo que en el referido dia veinrte y quatro del mes de Febrero proximo passado se hallaba en caxa, vestuarios hechos, y empesados, paños de todos colores, y calidades, estemeñas, lienzos camisas hechas, medias de hilo, deudas. Y finalmente de todo lo demas annexo y perteneciente a dicha sociedad, con todos sus derechos y acciones en virtud de las quales pudiesse el enunciado Sor. Dn. Ramon Sierra por si solo obran y efectuan quando la misma compañía podria practicar a no ser extinguida, y cedidos por los referidos socios todos sus derechos y acciones en fuerza de la sobre citada escritura la que en quanto a mi interes Loho, y apruebo, ratifico y confirmo. La qual cessión azeto el referido Señor Dn. Ramon Sierra con la escritura pasada de fecha del dia quatro del mes de Marso proximo passado con probadas, y legalizadas en el mismo dia por tres escrivanos de dicha Villa y Corte de Madrid: Y respeto que la sobre mencionada extinción y cessión fue convenida con la precisa condición 8entre otras) que el nombrado Dn. Ramon Sierra diviesse satisfacer y darnos por todo el mes de Abril un millon setecientos y cinquente mil Reales de Vellon a lo que se ha dado cumplimiento por parte del mismo Señor Dn. Ramon Sierra que debe repartirse entre los sobrenombrados socios y otorgarse por los mismos la correspondiente carta de pago de lo que cada uno acredite y cobre de aquellos: Por tanto. De mi libre albedrío y espontanea voluntad otorgo carta de pago a favor del susodicho Sor. Dn. Ramon Sierra y compañía aunque ausente presente por dichos Sor. Los sobrenombrados Baltasar Bacardí y Estevan de Mestre personas por dicho Sor. Y para este efecto especialmente nombradas y deputadas con carta de fecha de veinte y quatro Junio proximo passado de la cantidad de veinte y siete mil ciento y quince libras diez y seis sueldos y nueve dineros moneda cathatana equivalentes a ducientos noventa y un mil seiscientos sesenta y seis Reales y veinte y dos merevedisses de Vellon que me pertenecen y a credito de la cantidad sobre referida de un millon setecientos y cinquenta mil Reales de Vellon por un octavo en que interesaba en la sobrexpresada sociedad, quales veinte y tres mil ciento y quinse libras dies y seis sueldos y nueve dineros confieso recibir en dinero de contado en presencia del escribano y testigos daxo escritos por manos de los mismos sobrenombrados Baltasar Bacardí y Estevan de Mestre pagando de dinero proprio del citado Sor. Dn. Ramon Sierra y compañía. En cuyo testimonio otorgo la presente escritura en la referida ciudad de Barcelona en los dia, mes y año sobre contenido. Siendo a ello presentes por testigos Magin Serrat joven comerciante y Miguel Carbonell escribiente en dicha ciudad residentes.
Antón Lletjos, Ante mi Dor. Carlos Carbonell notario que doy fee conozco a dicho Sor. Antonio Lletjos, y que firmó de su mano propia.