Saga Bacardí
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ESCRITURA DE RESPUESTA A REQUIRIMIENTO ENTRE BATLLE Y BALTASAR BACARDI Y CLAVELL.


En la ciudad de Barzelona a los catosze dias del Mayo del año de mil setecientos setenta y ocho. Ante mi el escrivano y testigos abajo nombrados pareció personalmente Balthazar Bacardi & Cia, comerciante vezino de esta ciudad, el qual consequente del segundo requirimiento que se le presentó el dia de ayer, a instancia de Joan Batlle & Cia. Vezino de esta ciudad, de que consta con escritura parada ante mi dicho escrivano en el mismo dia, me ha entregado en presencia de mos infros testigos un papel de respuesta, que es del thenor siguiente.= Respondiendo Balthazar Bacardit a un segundo requirimiento que se le ha presentado a instancia de Joan Batlle & Cia. Assí en nombre proprio como en el de otros compañeros suyos dize. Que conserva en su poder la copia duplicada del papel que los requirentes expresan en dicha su interpelación, y habiendolo atentamente leido y examinado no ha hallado el pacto que se transcribe en el mismo requirimiento. Solo en uno de sus capitulos despues de haverse siutuado los tiempos en que debe executarse las entregas de los carneros, y los precios a ellas respectivamente señalados, se continuó la siguiente clausula. Y todo baxo los pactos, y condiciones prevenidos en la contrata celebrada con dichos Señores Bacardit & Cia, en fecha de veinte y quatro de Mayo del año passado de mil setecientos setenta y seis, que trata de treinta mil carneros, a la que nos referimos. Y es assí que en la contrata ultimamente mencionada relativamente a la question del dia, solamente se observa la condicion tercera concebida en estos terneros. Que los referidos Bacardit & Cia. Procurarán los albaranes para la moneda hasta Puigcerdá, o Libia, esto es lo que se dixo en la anterior respuesta, y lo que ahora se repite, obreciendo nuevamente practicar quanto dependa de su arbitrio para el logro de los indicados albaranes siempre que los necesiten los requirentes.= Por lo que desaprobando lo que contiene dicho requirimiento en prejuizio del que responde está, y se ratifica a dicha su respuesta, reprotesta de todos daños, intereses, y costas, y requiere al escrivano.= El qual papel de respuesta leido por mi el escrivano en persencia de los infractos testigos, el dicho Balthazar Bacardit me requirió que no entregase copia authentica del sitado requrimiento sin inserción de la referida respuesta, y que de lo susodicho formase la presente escritura. Que fue fuecha en dicha ciudad de Barzelona en los dia, mes y año arriba expressados. Y lo firmó el mismo Balthazar Bacardit, a quien yo el escrivano doy fe conosco. Siendo presentes por testigos Mariano Blasco escrivano eral y Juan pablo Montaña oficial de pluma en esta ciudad habitantes.
Baltazar Bacardi, Ante mi Francisco Comelles escrivano.