Saga Bacardí |
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CONCESION REAL PARA LA CONSTRUCCION DE UNA HILERA DE CASAS FUERA DE LA PUERTA DE MAR, CONCESION REAL DE ALMACEN EN LA RAMBLA PARA CONSTRUIR UNA DECENTE FONDA, APRESTACION DE 1.500.000 REALES PARA LA CONSTRUCCION DE LA CARRETERA DE FRANCIA |
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Este documento lo inserto en este personage, pues a pesar que la escritura que tengo la registra Don Ramon de Bacardí y Cuyás, lo cierto que el documento base es del abuelo de este: don Baltasar de Bacardí y Clavell.
Real cedula de 18 de Agosto de 1.788. A favor de don Baltasar de Bacardí y Clavell, protocolizado por el Notario de Barcelona don Jose-Maria Torrent, en fecha 2 de Julio de 1.828, nº de protocolo 213, nº de notario1.142. A petición de don Ramon de Bacardí y Cuyás.
En la ciudad de Barcelona á los dos dias del mes de Julio año del Nacimiento del Señor de mil ocho cientos veinte y ocho. El Sr. Dn. Ramon de Bacardí Ciudadano de esta Ciudad: Constituido personalmente en el despacho y Casa de la propia habitación de mi infro escribano cita en esta dicha ciudad y calle llamada de la Paja (de esta mi sita Ciudad) en presencia de los testigos abajo nombraderos para presentarme como me ha presentado un testimonio de privilegio de Nobleza firmado por Dn. Ignacio de Olano Secretario del Rey N.S. (I.D.G.) á favor de Dn. Baltasar de Bacardí su abuelo librado en fecha cinco de Mayo ultimo y del presente año, sellado autorizado y debidamente legalizado, requiriéndome para que lo exemplifique y transcriba en mi protocolo por los casos de padecer un estravio el dicho su original documento; y habiéndolo verificado se pasa en transcribirlo siendo su tenor é idioma literal como sigue: Don Ignacio Olmo Caballero pensionado de la Real y distinguida Orden Española de Carlos III Y de la Militar de San Hermenegildo, condecorado con la cruz marina, teniente Coronel de Infantería, Secretario del Rey N.S. con ejercicio de Decretos, Oficial tercero segundo de la Secretaria de Estado y de Despacho de la Guerra; y Archivero General de la mismaSecretaria= Certifico: Que entre los expedientes de mi cargo consta como en Diciembre de mil ochocientos diez y siete, se expedió una Certificación por el Oficial Archivero en aquella epoca y en virtud de Real Orden; cuyo contenido á la letra es como sigue: Don Juan Doz Caballero de primera clase en la Real y Militar Orden de San Fernando, Coronel de Infantería de los Reales Exercitos y Oficial Archivero de la Secretaria de Estado y del Despacho de la Guerra del Departamento de España: Certifico: Que entre los papeles y demas expedientes que se custodian en Archivo de mi cargo se halla una exposición dirigida por el Conde de Lacy, Capitan General de Cataluña en cinco de Agosto de mil setecientos ochenta y nueve sobre la construcción de varias casas fuera de la puerta del Mar de Barcelona, con la que, acompaña copia autorizada de la Real Orden expedida por el Ministeri de Estado que dice asi:= El Rey usando de su generosa beneficencia con aquellos vasallos que manifiestan prácticamente un celo por el bien comun, ha venido en expedir un Decreto á la Camara con fecha de diez y ocho de Agosto concediendo el privilegio de Nobleza á Don Baltasar Bacardí Vecino de esa Ciudad para si, sus hijos y descendientes legitimos. V.E. se lo hará saber de orden de S.M. paraque acuda á la Camara y evacue la diligencia necesaria á este fin. Igualmente ha venido S.M. en darle el Almacen viejo que hay en la Rambla; para contruir en su sitio la decente Fonda que proyecta; como tambien la correspondiente licencia para fabricar una acera de Casas en el terreno que posehe fuera de la puerta del Mar; con tal qué sean iguales á las de Barceloneta. I en atención á la oferta que ha hecho D. Baltasar de aportar la cantidad de millon y medio de reales que se necesita para la construcción de la carretera de Francia, quiere S.M. que se le señale una parte de la consignación mensual que tiene las referidas para ir reintegrando con élla el millon y medio á Bacardí. V.E.me dirá cuanto es lo que podria separar de la dotación del camino para esto, y en consecuencia se podrá entregar del dinero ofrecido para seguir la mencionada carretera con la actividad posible. Dios que a V.E. m. a. San Ildefonso dos de octubre de mil setecientos ochenta y ocho: El Conde de Florida Blanca= Señor Conde del Asalto= Asi mismo y en consecuencia de dicha exposición, se dijo al referido Conde de Lacy por este Ministerio en trece de Agosto de mil setecientos ochenta y nueve lo siguiente: Con fecha doce de Agosto del año próximo anterior previne lo que sigue de Real Orden al Señor Conde de Florida Blanca, No hay inconveniente en que a D. Baltasar Bacardí, se le ceda el Almacen del Rey que existe en la Rambla de Barcelona; ni tampoco que se le permita construir una linea de Casas en el terreno que se le ha concedido fuera de la puerta del Mar de aquella plaza, como lo solicita con apoyo del Conde del Asalto, bien entendido que las Casas han de hacerse bajo las mismas reglas que las demas de la Barceloneta. En esta inteligencia quiere S.M. que, sin embargo de lo mandado por la Circular de veinte y siete de Junio ultimo no se impida a Bacardí la construcción de las Casas en los terrenos referidos. Lo aviso a V.E. de Real Orden, en contestación al Oficio y documentos que me ha dirigido con Oficio del cinco del corriente para su cumplimiento en la parte que le toca: Y que de aviso de ello al interesado= Y para que conste y obre los efectos que haya lugar, doy la presente en virtud de Real Orden, firmada de mi mano y sellada con el sello secreto de S.M. en Palacio á trece de Diciembre de mil ocho cientos diez y siete= Juan Doz= Y para que conste donde convenga, doy la presente, en virtud de Real Orden y á petición de D. Antonio Gutierrez Gonzalez, firmada: de mi mano y sellada con el sello Secrto de S.M. en Madrid á cinco de Mayo de mil ocho cientos veinte y ocho= Ignacio de Olano= Lugar del Sello= D. Tadeo Martinez Escrivano del Rey N. S. Notario de sus Reinos y de Numero de esta Villa de Madrid= Doy fe: Que Ignacio de Olano, por quien se halla dado y firmada la Certificación anterior es lo mismo que se titula y nombra, fiel, legal y de toda confianza, y á sus certificaciones como la presente siempre se les ha dado y da entera fe y credito así judicialmente como extrajudicialmente: Y para que conste pongo el presente que asigno y firmo en Madrid á veinte y uno de Mayo de mil ocho cientos veine y ocho= Tadoro Martinez= Los Escrivanos del Rey Nuestro Señor y de numero de esta Villa de Madrid que á continuación signamos y firmamos damos fe: que D. Pedro Martinez por quien se halla autorizada la comprobación anterior es tal Escribano de S.M. y del mismo Numero nuestro compañero como se titula y nombra fiel, legal y de toda confianza y á todos sus escritos y certificaciones siempre se les ha dado y dá, entera fee y credito así judicialmente como extrajudicialmente. Y para que conste damos la presente sellada con el de nuestro Cabildo en Madrid fecha ut retro=Claudio Sanz= Miguel Maria Sierra= Santiago de la Granja= Lugar del Sello= De las cuales cosas arriba descritas me requirió el referido Señor D. Ramon de Bacardí como arriba queda insinuado formase esta publica escritura y de ella diese testimonio siempre que se ofreciese. El que fue hecho en la espresada Ciudad de Barcelona dia, mes y año arriba dichos: Presentes por testigos Jose Maria Torrent y Juliá, y Francisco Javier Mateu, Practicante del Arte de Notaria en esta dicha Ciudad residente (conocido de mi el infro Escribano) lo firma=
Ramon de Bacardi, Joseph Maria Torrent y Sayrol