Saga Bacardí |
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ESCRITURA DE TOMA DE DOMINIO DE LAS TIENDAS DE LA CALLE BANYS, A FREIXAS Y LLONGA, POR ANTONIA ARTIGAS. |
En la ciudad de Barcelona a los veinte y dos dias del mes de Febrero, del año de mil setecientos setenta y nueve, a cosa que serian las seis horas de la tarde del mismo dia. Antonia Cuyás y Artigas viuda del difunto Joaquin Cuyás agente fiscal patrimonial de la Intendencia General de este Principado de Cataluña en nombre y como a tenutaria, y usufructuaria por su dote, y esponsalicio, y todos y qualesquier otros nombres, voces, y derechos, que sin perjuicio de dicha su tenuta, y usufructo le competen, y le sean mas utiles, y convenientes en l auniversal heredad, y bienes de dicho su difunto marido, y sin perjuicio, antes bien en conservación y corroboración de la posesión, y tenuta legal que obtiene por ministerio de la ley, o constitución Municipal de Cataluña, que empieza. Hac nostra titulo disolt lo matrimoni. Con animo según diso de querer continuar la posesion por los creditos, que competen a dicho su difunto marido en unas casas sitas en la calle dels Banys de esta ciudad, en que habita dicha Antonia Cuyás, constituida esta personalmente junto con mi el infrascrito escrivano, y testigos en dichas casas. De su propria authoridad tomó posesión corporal, real, actual, o quasi de las mismas casas con sus dos botigas, una en cada lado de la puerta principal de ellas, y en señal de dicha posesion ha abierto y cerrado las puertas de aquellas, e hizo otros actos demonstrativos de la verdadere real, y actual posesión predicha todo sin constradicción, ni oposicion de persona alguna. E imediatamente requrió a Theresa Llonga muger de Salvador Llonga y a Eulalia Freixas muger de Benito Freixas, inquilinos de dichas dos botigas, y habitaciones de las mismas casas, que los alquileres vencidos y que venciesen en adelante los pagasen, y entregasen a la misa Antonia Cuyás, y que esto lo hiziesen saber a sus maridos. Y respondiendo dixeron que lo practicarian conforme se les prevenia. De todas las quales cosas la mencionada Antonia Cuyás y Artigas (a quien yo el infrascrito escrivano substituio doy fe conosco) requirió a mi el escrivano formase auto publicu, que fué fecho en dicha ciudad de Barcelona en los dia, mes y año hora, y lugar arriba contenidos.Y lo firmó siendo presentes por testigos D: Felix de Texidor agente fiscal patrimonial de dicha Intendencia en Barcelona residente y Joseph Domingo labrador del Morell en esta ciudad hallado.
Maria Antonia Cuyás y Artigas Vda. Mariano Blasco escrivano como substituto por ocupación de Francisco Comelles notario.