Saga Bacardí
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ESCRITURA DE NOTIFICACIÓN DE PAGO DE CENSO Y PENSIONES DE ROIG HACIA ANTONIA ARTIGAS Y SOCIATS.


En el lugar de San Andres de Palomar Corregimiento de la ciudad de Barcelona a los veinte y tres días del mes de Febrero del año de mil setecientos setenta y nueve, a tres quartos para las nueve horas de la mañana del mismo dia. D. Felix de Texidor agente fiscal patrimonial de la Intendencia General de este Principado de Cataluña, en calidad de apoderado por las infras cosas, legítimamente constituido por Antonia Cuyás y Artigas viuda del difunto Joaquin Cuyás agente fiscal patrimonial, que fue de dicha Intendencia en dicha ciudad de Barcelona, residente, en los nombres de tenutaria y usufructuaria por su dote, y esponsalicio, y en todos y qualesquier otros nombres, voces, y derecnos, que sin perjuicio de dicha tenuta y usufructo le competen, y le sean mas utiles en la universal heredad y bienes de dicho su difunto marido, y sin perjuicio, antes en conservación y corroboración de la posesión, y tenuta legal que goza por ministerio de la ley, o constitución municipal de Cataluña, que empieza, Hac nostra, titulo dissolt lo matrimoni, según consta de dicho poder con escritura pasada en poder de Francisco Comelles notario infrascrito. En dicho nombre el referido D. Felix de Texidor constituido personalmente junto con mi el escribano y testigos infrascritos, en presencia de Joan Roig texedor de lino vecino de este lugar, y en continuación de la posesión que en dicho nombre tomava de los bienes pertenecientes a la herencia de dicho Joquin Cuyás, requirió a dicho Joan Roig, que pagase y satisfaciese a dicha Antonia Cuyás y Artigas su principal en los nombres arriba explicados las pensiones vencidas, y que vencerán de aquella mitat de censo de cinco libras, que en veinte y cinco Junio anualmente debía corresponder al referido Joaquin Cuyás, y en el dia a dicha Antonia Cuyás y Artigas viuda en dichos nombres, sin esperar otro requirimiento ni intima, baxo pena de haver de reiterar la paga en el caso de practicar lo contrario. Y dicho Roig respondiendo dixo, que lo cumpliría conforme se le requiria. De las quales cosas el citado D. Felix de Texidor en dicho nombre (a quien yo el escribano doy fe conosco) requirió a mi el escribano formase auto publico, que fue hecho en dicho lugar, dia, mes, año, y hora arriba explicados. Siendo presentes por testigos Juan Camaró labrador de este lugar, y Pablo Tarval cochero en Barcelona residente.
Felix de Texidor, Mariano Vlasco escribano substituto por ocupación de Francisco Comelles, notario publico de número de Barcelona.