Saga Bacardí
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ESCRITURA DE POREDES HACIA GONZALEZ JUNCO DE MADRID, POR CARLOS DE PREVOST Y ALVARADO.


Sepase como yo D. Carlos de Precost y Albaredo, capitan de Real Guardia Walona en Barcelona residente. De mi libre alvedrio otorgo todo mi poder cumplido, bastante, y sin limitacion altuna, qual de derecho se requiere, y es menester a D. Francisco Gonzales Junco mi apoderado en la villa de Madrid residente aunque ausente, bien como si fuesse presente. Para que por mi, en mi nombre cargue y firme a favor de qualesquiera Comunes, o personas particulares censo al quitar hasta la cantidad de mil y quinientos doblones, en oro poco mas o menos, con el reddito annual de dos, y medio por ciento, cuyo censo al quitar imponga y asegure con hipotheca de las casas grandes, que tengo y posseho en la villa de Madrid, y calle Real del Barquillo con sus lindes, y generalmente sobre todos mis bienes, y derechos obligandome a pagar los reditos en los plazos, o lugares que se ajustare mientras no se redimiere el capital puesto a mi costa, reciba, y cobre el dicho capital del censo, otorgando las escrituras, que convengan en razon de ello, con las clausulas de su naturaleza, y a la firmeza obligo mis bienes havidos, y por haver. Y doy poder a las justicias de Su magestad, y en especial a las de la parte y lugar donde el dicho procurador me submetiere a cuyo fuero me submeto, renunciando mi domicilio, otro güero, que de nuevo ganare, la ley si convenerit de jurisdictione omnidum judicum, la ultima Pragmatica de las submissiones, y la generaal del derecho en forma para que me apremien, como por sentencia passada en autoridad de cosa juxgada, y por mi concentida. Y assí lo otorgo en Barcelona a los seis dias del mes de Mayo año del Nacimiento del Señor de mil setecientos sessenta y uno. Siendo presentes por testigos Joseph Gualsa y Miguel Brunet y Feliu escrivientes vezinos de dicha ciudad de Barcelona para ello llamados, y rogados.
D. Carlos de Prevost, En poder de mi Jayme Tos y Romá escrivano, que certifico conocer a dicho otorgante que firmó de su propria mano.