Saga Bacardí
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PODERES HACIA GREGORIO CASADEVALL PARA PLEITO CONTRA VIUDA DE CAMPS E HIJO DE MALAGA DADOS POR ERASMO DE GONIMA


Sepase: que el Noble Sor. Dn. Erasmo de Gonima Ministro Honorario de la Real Junta de Comercio, Moneda, y Minas y Secretario Honorario de Su Majestad la Reina de Etruria domiciliado en la ciudad de Barcelona. Espontáneamente da todo su poder tan extenso, quanto sea menester al Sr. Dn. Gregorio Casadevall de Malaga. Para que en nombre y representación del dicho Noble Señor pueda presentarse y pedir, percibir y cobrar lo que le esta debiendo la viuda de Camps e hijo exigiendo el cobro que deben satisfacer al mismo Noble Señor, firmando al tiempo de la cobranza el mencionado Sor. apoderado la carta de pago, resguardo, o finiquito con la renunciacion competente y fee de la entrega. Y dado caso, que para el devido efecto tuviese que seguirse alguna instancia contra dichos Señores y haber de compellerles en algun tribunal pueda el mismo apoderado acudir en juicio y presentarse ante cualesquier audiencia, juzgados y tribunales que correspondan, e instar, seguir, y terminar cualesquiera instancia o causa activa o pasiva, principales de apellacion, movidos y para mover con el amplio curso de ellas. Facultad expresa de jurar de calumnia, prestar las cauciones y seguridades, clamos, y reclamos exponer, execuciones instar, y poner embargos a cualesquiera cosa, soltarlos quando convenga, requirir, y responder, y practicar todo quanto sea conveniente relativo a la presente instancia y según el estilo de aquellos tribunales, sin limitacion con facultad que concede dicho Noble Sor. otorgante al referido su apoderado si es menester, resacar los substitutos y nombrar otros. Prometiendo estar al juicio, pagar lo juzgado, y tener por valido quanto dicho apoderado, y substitutos obraren en quanto a lo del presente poder. Sin revocarlo baxo la obligación de sus bienes y derechos en devida forma y renuncias competentes. Y lo firma en la ciudad de Barcelona a los doce dias del mes de Junio del año del nacimiento del Sor. de mil ocho cientos catorse. Presentes por testigos Emanuel Cascante, y Jose Tió en la misma residentes (conocido de mi el infro escribano)
Erasmo de Gonima, Jseph Maria Torrent y Sayrol notario