Saga Bacardí
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ESCRITURA DE PODERES HACIA PETRAS, POR VICENTE JANER Y SUNYER.


En la ciudad de Barcelona a dos dias del mes de Diziembre del año contado del Nacimiento del Señor mil setecientos noventa y siete. Por ante mi el escrivano y testigos. El Rndo D. Vicente Janer Pbro. y Rector de San Felio de Llobregat dixo. Que de su libre alvedrio y espontanea voluntad otorga que dá too su poder cumplido, lleno, y bastante el que de derecho se requiere, y es menester mas puede, y debe valer sin limitación alguna a Bruno Petras notario real y causidico vezino de la presente ciudad paraque por el otorgante eu si nombre, y prepresentación de su persona, y derecho pueda comparecer y comparesca ante qualesquier Señores juezes, y justicias, curias, y tribunales eclesiasticos, y seglares y alli intentar, seguir y terminar qualesquiera pleytos, y causas civiles, activas, y pasivas principales, y de apelación, movidas, y movederas largamente con el acostumbrado curso de pleytos, y causas facultad expresa de jurar de calumpnia, prestar qualesquiera cauciones juratorias, y fiadoras, exponer clamos, y reclamos, instar execuciones, y hazer todo lo delas que a cerca de dichas causas, y su amplissimo curso se requiera, según el estilo de los tribunales donde se vertieren, sin limitación alguna. Y con facultad de que pueda substituhir este poder, y revocar los substitutos siempre y quando le pareciere. Y generalmente executar todo lo que el Señor otorgante personalmente hazer podria prometiendo estar a derecho, pagar lo juzgado, y sentenciado y tener por firme y validero todo lo que dicho su procurador, o sus substitutos obraren, y no revocarlo en tiempo alguno bajo la obligacion de sus bienes, y renuncias de derecho necesarias. En cuyo testimonio assí lo dixo, y firmó el Señor otorgante a quien yo el escrivano doy fee conosco. Siendo testigos Carlos Monfor, y Clariana notario publico y real y Francisco Mas y Mas practicante la arte de notaria en dicha ciudad residentes.
Dr. Vicente Janer Pbro. Ante mi Francisco Mas.