Saga Bacardí
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ESCRITURA DE PODERES HACIA GUILLIVAN DE VINAROS, POR RAMON AYGUALS.


Sepase. Como D. Raymundo Ayguals, del comercio de Barcelona, en el nombre social de Raymundo Ayguals & Cia. doy y otorgo todo mi poder, eo de dicha sociedad, qual de derecho se requiere, y es necesario al Señor D. Francisco de Guillivan domiciliado en la villa de Vinaros ausente, como si fuesse presente. Paraque en mi nombre, y representando mi persona pueda percibir, y cobrar de Sebastian Rosso de dicha villa de Vinaros no solo as quinientas sesenta libras, moneda de ardites, que confieso deber a mi sociedad con el vale que firmó a primero de Enero del corriente año, por el precio de cien quarteras de trigo, sino también otras qualesquier cantidades de dinero créditos, y efectos, que a mi sociedad debe, y deberá pr qualquier causa, o razón y de lo que cobrare otorgue cartas de pago, cessiones, cancelaciones, y demás resguardos necesarios. Y finalmente pueda comparecer en qualesquier Lonjas, Audiencias, y tribunales ecclesiasticos, y seglares, y en ellos intentar y seguir qualesquier pleytos, y causas activas, y pasivas, civiles, y criminales, principales, y appellatorias, movidas y movederas largamente con su acostumbrado curso, facultad expresa de jurar de calimnia, prestar cauciones juratorias, y fiadoras, exponer reclamos, instar execuciones, embargos hacer, y aquellos cancelar, y todo lo demás, que a cerca dichas causas, y su cirso se requiera según estilo de los tribunales en donde se siguieren, sin limitación alguna. Y con facultad de substituir en quanto a playtos solamente, y revocar los substitutos. Y generalmente haga todo lo que yo en el nombre de dicha sociedad haría. Prometiendo estar a juicio, y pagar lo juzgado, y haver por firme todo lo que dicho apoderado y sus substitutos obraren, y no revocarlo por ningun motivo, baxo obligación de los bienes de dicha sociedad, y renuncias necesarias, largamente. En la ciudad de Barcelona a los ocho días del mes de Maro año contado de la Nativitad del Señor de mil setecientos, ochenta y uno. Siendo presentes por testigos Ignacio marfá y Givernau, y Ramon Clausell y Vendrell escribientes en Barcelona.
Ramon Ayguals & Cia. Por ante el infro escribano, que da fee conocer al otorgante, y que lo firmó de su mano. Juan Fontrodona y Roura notario.