Saga Bacardí
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ESCRITURA DE PODERES HACIA FABREGAS, ARAJOL Y GINESTA, POR ERASMO DE JANER Y DE GÓNIMA.


En la ciudad de Barcelona a veinte y tres de Julio de mil ochocientos cincuenta y dos. Sepase. Que D. Erasmo de Janer y de Gónima hacendado, natural y vecino de la presente ciudad. Espontaneamente otorga que da todo su poder, cumplido, general y bastante cual en derecho se requiere y es menester a favor de D. Pedro Fabregas, D. Juan Bautista Arajol procuradores causidicos y a D. Francisco Ginesta y Mazos pasante en la misma facultad vecinos todos de la misma ciudad, para que por el Señor otorgante y en representación de su persona, puedan juntos y cada uno de por si parcer, previo el juhicio de conciliación en los tñerminos y casos prevenidos por la ley, y que les faculta juntos y asolas celebrar en la fora competente ante cualesquier audiencias, curias, y tribunales civiles y eclesiasticos, superiores e inferiores que convenga, intentando siguiendo y terminando cualesquier pleytos y causas en todas instancias, facultad espresa de jurar de calimnia, prestar caucione juratorias y de fiaduria, esponer reclamos, instar execuciones, presentar requirimientos y protestas, a ellas responder, ministrar testigos y otras pruebas, poner embargos, cancelarlos y hacer todo lo demas que acerca de dichos pleytos y causas, y su curso se requiera, según estilo de los tribunales donde vertieren, sin limitación alguna. Pudiendo substituir este poder juntos y solidariamente, los substitutos revocar y generalmente practicar todo cuanto el Señor otorgante personalmente hacer podria, prometiendo estar a derecho, pagar lo juzgado y tener siempre por firme y valido tood cuanto por los nombrados sus apoderados el otro de ellos y sus tal vez substitutos en virtud de este poder fuere obrado y no revocarlo en tiempo alguno, bajo obligación de sus bienes y con las renuncias necesarias. Y conocido del infro notario lo firma, siendo testigos D. Carlos Mariné y D. Casimori Alsina de esta vecindad.
Erasmo de Janer y de Gonima, Ante mi Antonio Alsina notario.