Saga Bacardí
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ESCRITURA DE DOMINIO POR VENTA ENTRE ROSIÑOL Y CAPDEVILA, HACIA ERASMO DE JANER Y DE GÓNIMA.


En la ciudad de Barcelona a doce de Enero de mil ochocientos cincuenta y cuatro: Sepase, que D. Erasmo de Janer y de Gónima hacendado natural y vecino de la presente ciudad. Espontaneamente firma por razón de dominio la venta perpetua otorgada por Miguel Rosiñol carpintero y José Capdevila y Baldrich natural de Rugá y vecino de esta misma ciudad.
Primo: De toda aquella casa compuesta de cuatro tiendas dos escalerillas y cuatro pisos de alto, cuyo plan terrreno contiene cuatro mil quinientos seenta y siete palmos y tres cuartos de otro poco mas o menos superficiales, que hacen esquina en las calles de San Vicente y de Ferlandima.
Segundo: De todo el derecho y facultad de luir y quitar de los herederos de D. Luis Pablo de Muben toda aquella tienda de dicha casa que es la que forma esquina a las prenombradas calles de Sant Vicente y Ferlandina junto con la habitación a la misma anecsa, cuya casa junto con otras cuatro allí contiguas y terreno que las contiene de cabida diez y seis mil ciento cuarenta y ocho palmos superficiales que son parte y de pertenencias de un huerto de mayor extensión que allí ecistia propio del Señor otorgante se tiene por este al censo anual de ciento noventa y tres duros quince reales perpetuo a irredimible con su dominio mediano pagadero en el dia o fiesta de Navidad del Señor, cuyo total censo quiere tener salvo y espedito el propio Señor otorgante sobre todos y cada una de las mencionadas casas allí construidas en nada obstante cualesquier subdivisión que con su consentimiento se haya hecho en las ventas o enagenaciones practicadas acerca el pago del referido censo. Salvos siempre y seguros los laudemios y demas derechos dominicales tal vez devengados, y no satisfechos, Confesando recibir pore l que corresponde a este traspaso la cantidad de ochenta y siete libras diez sueldos moneda catalana hecha gracia de lo restante. En cuyo testimonio conocido del infro notario lo firma, siendo testigos D: Carlos Mauriex y D. Casimiro Alsina de esta vecindad.
Erasmo de Janer y de Gónima, Ante mi Antonio Alsina notario.