Saga Bacardí |
01155 |
ESCRITURA POR DERECHO DE FIRMA, POR VENTA ENTRE TORNÉ Y ROIG Y CAUSÓ, HACIA ERASMO DE JANER Y DE GÓNIMA. |
En la ciudad de Barcelona a treinta de Marzo de mil ochocientos cincuenta y ocho, Sepase. Que el Noble Señor D. Erasmo de Janer y de Gónima, hacendado, natural y vecino de la presente ciudad. Espontaneamente firma por razón de dominio y aprueba el establecimiento perpetuo firmado por D. Jacinto Torner a favor de los Señores D. Francisco Roig y Causó y D. Jayme Causó y Gual, fabricantes de azulejos vecinos de esta ciudad, de una porción de terreno de cabida nueve mil ciento cincuenta y seis palmos superficiales, que es parte y de pertenencias de aquella mayor estensión, que el mismo Señor otorgante habia establecido al propio Torner, al censo de quinientos ochenta y cuatro duros diez y siete reales vellón con escritura ante el autorizante notario en diez y siete Julio de mil ochocientos cuarenta y siete, cuya porción de terreno establecido pertenecía a los referidos Roig y Causó al censo de ciento treinta y siete duros seis reales vellón pagadero al mismo Noble Señor otorgante en virtud de consigna espresa hecha en el establecimiento que luego se calendará, y pagadero en el dia veinte y cinco de Diciembre de cada año, se tiene por el propio Señor otorgante y bajo su dominio mediano sucediendo a su abuelo el Noble Señor D. Erasmo de Gónima según todo mas por estenso es de ver, en la referida escritura de establecimiento otorgada por Torné a favor de los Señores Roig y Causó, ante el propio infrascrito notario en veinte y seis de los corrientes, declarando hallarse satisfecho de las pensiones que correspondían a Torné, hasta el veinte y cinco Diciembre del año próximo pasado, y confesando recibir por el derecho de firma del referido establecimiento la cantidad de cinco sueldos moneda catalana. En testimonio de lo cual conocido el referido Noble Señor otorgante de mi el infro y autorizante notario lo otorga y firma en la referida ciudad y dia precitado, siendo presentes por testigos D. Casimiro Alsina, pasante de notario y D. Manuel Eduardo Condeminas, pasante de causídico, ambos de esta vecindad.
Erasmo de Janer y de Gónima, Ante mi Antonio Alsina notario.