Saga Bacardí
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ESCRITURA DE PROTESTO DE CAMBIABLE CONTRA BARNES, POR ORTEMBACH, CASTAÑER & Cia.


En la ciudad de Barcelona a tres de Marzo de mil ochocientos veinte y siete, Joaquin Manresa con comisión y orden de los Señores Ortembach, Castañer & Cia. A fin de cobrar el importe de las letras que son como siguen.= Génova treinta y uno Enero de mil ochocientos veinte y siete. Son pesos nuevecientos efctivos, a treinta dias data se servirá V. mandar pagar por esta primera de cambio a mi propia orden la suma de nuevecientas libras catalanas efectivas en oro o plata en metalico con esclusión de todo papel valo que mandará V. en cuenta según aviso de.= José Paradis.= A D. Luis Barnes de Mataró, pagadera al domicilio de D. José Dalmases en Barcelona.= E per me all'ordine S.P. Del Signor Ambrogio Ravasco. Valuta cambiata. Genova utretro.= Girolamo Paradis.= Pagate all'ordine del Signor Bensa Figlio valuta in conto. Génova primo Febraro mille otto cento venti sette.= Per Ambroglio Rovasco.= Manigi Figli con Pra.= Payez a l'odre de Messieur Pascal Feli & Cie. Valeur seçue comptant Marseille le sept fevrair mil huit cent ving sept.= Bensa Fils.= Payez a l'ordre de Messieur Ortembach, Castañer et Cie. Valeur en compte. Marseille sept Fevrier mil huit cent vingt sept.= pascal Fils & Cie.= AN beson chez Messieur P. Durand & Cie.= Acepto y pagará a su vencimiento Mataró diez y seis Febrero mil ochocientos veinte y siete.= Luis Barnes.= Genova treinta y uno de Enero de mil ochocientos veinte y siete.= Son libras ochocientos veinte y tres, ocho sueldos y dos dineros. Efectivas, a treinta dias data se servirá V. mandar pagar por esta primera de cambio a mi propia orden la suma de ochocientas veinte y tres libras, ocho sueldos y dos dineros catalanes efectivos en oro o plata en metalico con esclusión de todo papel valor que anotará V. en cuenta según aviso de.= José Paradis.= A D. Luis Barnes de Mataró, pagadera al romicilio de D. José Dalmases en Barcelona.= E per me all'ordine S.P. Del Signor Ambrogio Ravasco valuta cambiata. Genova utretro.= Giuseppe Paradis.= Pagate all'ordine del Signor Bensa Figlio valuta in conto. Genova primo Febraro mille otto cento venti sette.= Per Ambroglio Ravasco.= Migi figlio con para.= Payez a l'ordre de Messieur Pascal Fils et Cie.= Valeur reçue comptant. Marseille le sept Fevreir mil huit cent vingt sept.= Bersa et Fils.= payez a l'ordre de Messieur Ortembach, Castañer & Cie. Valeur en compte. Marseille sept Fevrier mil huit cent vin sept.= Pascal Fils et Cie.= Au beson chez Messieur P. Durand & Cie.= Acepto y pagaré a su vencimiento, Mataró diez y siete Febrero mil ochocientos veinte y siete.= Luis Barnes.= Pasó junto conmigo el escrivano en las casas de la propia habitaciòn de D. José Dalmases y pror su presencia de este las presentó a uno de sus dependientes, el cual despues de haberlas visto dixo: Que su principal no habia dexado orden ni disposición para pagalas. Por lo que el mencionaod Manresa protesto contra dicho Señor, contra del librador, endozantes y demas que tenga derecho de todos daños, gastos, perjuicios, intereses, cambios, y recambios y demas que por falta de pago de dicha letra se seguiran y podran seguir a sus principales. Immediatamente el mismo Manresa constinando su comisión en fuerza de las indicaciones que en ellas se hallan pasó junto conmigo el escrivano a las casas de la propia habitación de los Señores D. Paulino Durnd & Cia. Asi mismo de este comercio y se las presentó, las que despues de haberlas visto dizeron. Que mediante el protesto que anteceden las salvedades de derecho las pagaria como en efecto las pagaron por honor de la firma del Señor Bensa hijo otro de sus endozantes, confesando el mismo Manresa en nombre de su principales haber recibido el importe de las mismas de mano de dichos Señores Durand en cinero metalico, y sonante a todas sus voluntades. Por lo que rennciando a la escepción de la cosa no ser así, y demas que favorecer pueda, a dichos sus principales, no solo en nombre de estos otroga a favor de dichos Señores Durand con el presente apocha, si que también sin evicción mi responsabilidad alguna cede a favor de los mismso todos los derehcos y acciones a sus principales competentes para la reclamación de su importe contra quien corresponda. Requiriendo a mi el escrivano formase la presente que conocido de mi firma, siendo testigos Jayme Pineda y Antonio Vila en esta ciudad residentes.
Joaquin Manresa, Ante mi Antonio Ubach y Claris notario.