Saga Bacardí |
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ESCRITURA DE PROTESTO DE CAMBIABLE CONTRA DALMASES, POR ORTEMBACH, CASTAÑER & Cia. |
En la ciudad de Barcelona a cuatro Enero de mil ochocientos treinta. Pedro Vidal con comisión y orden de los Señores Ortembach, Castañer & Cia. de este comercio, constituhido personalmente junto conmigo el infrito escribano y testigos nombraderos entre doce y una de la mañana de dicho dia en las casas de la propia habitación de D. José Dalmases corredor real de cambios, de esta, en cuyo domicilio es pagadera la infrita letra, y a fee de cobrarla, por ausencia de dicho Señor Dalmses la presentó a D. Francisco Ribas y Dalmau otro de sus dependientes, y su tenor a la letra es como sigue.= Genova cinco de Diciembre de mil ochocientos veinte y nueve.= Son doscientas noventa y una, dos sueldos y ¡nueve dineros.= A trenta días fecha mandará V. pagar por esta primera de cambio a la orden S.P. mia libras dos ciento noventa y una, dos sueldos y nueve dineros cattalanes en oro o plata efectiva metalica, valor en cuenta, que anotará V. en cuenta de.= Augusto Antonio Bonini.= A D. Magino Armenzoll. Vilasa de Mar. Pagadera a la orden del Señor Luis Degola de Binco valor en cuenta.= Génova die ut retro.= Augusto Antonio Bonini.= E per me pagatte all’ordine S.P. del Signor Gio Battista Ricci per valute cambiata.= Génova li 10 Decembre mila otto cento venti nove. Luiggi Degola di Rira.= Payez a l’odre de Messieurs F. Fraifinet valeur en compte. Genova ut supra.= P.P. de Gio Ricci. G. Grenbine.= Payez a l’ordre de Messieurs Ortembach, Castañer & Cie. valeur en compte.= Marseille le vingt trois Decembre mil huit cent vingt neuf. F. Fraifinet.= Al bisogno dal Signor Antonio Dodero quondam Francesco p. G.B.R.= Y vista dicha letra por el expresado Francisco Ribas y Dalmau dijo, que su principal no se hallaba en casa y no habia dejado disposición para pagarla. Por lo que el citado Pedro Vidal protes´to contra quien haya lugar en derecho de todos daños, gastos, perjuicios, intereses, cambios, recambios y demás que por falta de pago de dicha letra se seguirán y podrán seguir a sus principales. Ynmediatamente el mismo Pedro Vidal continuando su comisión, y en fuerza de la indicación que en la misma letra se halla pasó junto conmigo el infrito escrivao en las casas de la propia habitación del Señor D. Antonio Dodero quiondam Francesco así mismo de este comercio, y se la presentó para su cobro, quien en serpuete haberla visto dijo que dejaba de pagarla, por no hallar corriente la letra. Por lo que el citado Pedro Vidal protestó contra dicho Señor, y contra quien haya lugar en derecho en todos daños, gastos, perjuicios, intereses, cambios, recambios y demás que por falta de pago de dicha letra se seguirán y podrán seguir a sus principales. Remitiendo a mi el escribano formase la presente que conocidos de mi firman siendo testigos José Maignon y Antonio Romeu en dicho acto hallados.
Pedro Vidal, Ante mi Antonio Ubach y Claris notario.