Saga Bacardí
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ESCRITURA DE PODERES HACIA TOS, POR ANTONIO DARRER Y RIGALT.


Sepan quantos esta carta de poder vieren y leyeren. Como yo Antonio Darrer y Rigalt comerciante, vezino de la presente ciudad, de mi buen grado y espontanea voluntad constituyo y ordeno en mi procurador cierto, y especial, y por las cosas baxo escritas general así que la especialidad no derogue a la generalidad, a Ramon Tos y Romá notario real y causídico vezino de la presente ciudad, aunque ausente, como su fuesse presente, para que por mi, y en nombre pueda pedir, cobrar, y haver todas y qualesquier cantidades de dinero, créditos, penciones, censos, censales, y otras qualesquier cantidades de dinero, que se me deven y en adelante deveran, por qualesquier personas y en qualesquier nombres, y del que percibiere, y cobrare pueda otorgar, y otrogue qualesquier cartas de pago, cessiones, cancelaciones, y otras escrituras, y resguardos convenientes, y necesarios.
Otro si: Paraque por mi, y en mi nombre pueda comparecer y comparesca en qualesquier tribunales ecclesiasticos, y seglares, y allí intentar, seguir y finir qualesquier pleytos, y causas, activas, y passivas, principales y de apelación, movidas, y para mover largamente con el acostumbrado curso de los pleytos y causas con facultat expressa de jurar de calumnia, prestar cauciones juratorias, y fidejussorias, exponer clamos, y reclamos e instar execuciones, y haga todo lo demás que por dicho spleytos y su curso se requiera, según el estilo de los mismos tribunales, sin limitación alguna, con poder de substituir por dichos pleytos tansolamente uno, o mas procuradores, y aquellos revocar. Y generalmente hazer todo lo demás que yo hazer podría si fuesse presente. Prometiendo estar en juiio, y juzgado y tener por firme, y validero todo quanto por dicho mi procurador, y sus substitutos será hecho, y no revocarlo en tiempo alguno, baxo la obligación de todos mis bienes, y renunciación de derecho necesaria. En cuyo testimonio otorgo la presente escritura en la ciudad de Barcelona hoy que contamos a los veinte y sinco días del mes de Junio año del Nacimiento del Señor de mil setecientos sinquenta y seis. Siendo presentes por testigos Joseph Arch y Geronim Mingarola mancebos tenderos en la presente ciudad residentes para esto llamados y rogados.
Antonio Darrer, Por ante mi Ramon Font y Alier notario publico y otro de los escrivanos jurados del jugado real ordinario de la presente ciudad, como a subtituto y por indisposición de Joseph Font y Vidal escribano publico mi padre, que doy fee conocer dicho otrogante.