Saga Bacardí
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ESCRITURA DE COMPROMISO DE PAGO DE GAVARRELL, HACIA ANTONIO NADAL Y DE CASANOVAS.


Sepase. Como yo Rafael Gavarrell confitero y cerero, vezino de la ciudad de Tortosa. De mi libre alvederio confieso dever a Antonio Nadal confitero, vezino de Barcelona presente la cantidad de seiscientas libras barcelonesas, por las mismas que le estoy deviendo por el valor de iferentes generos, y mercaerias tomadas de su tienda a beneficio y por capitales de la mia, los quales generos y mercadorias confiesso con el presente haver recibido de dicho Nadal por real entrega a sus voluntades, como y tambén queda satisfecho de su precio y calidad. Y assí renunciando a la excepción de la cosa no entregada y a otro qualquier derecho o ley que favorecerme pueda, prometo al referido Antonio Nadal, pagarle las expressadas seiscientas libras en dinero de contado dentro la presente ciudad, en esta forma, esto es, cien libras el dia San Juan de Junio del corriente año; otras cien libras el dia de Navidad del Señor del corriente año; setenta y cinco libras el dia de San Juan de Junio del año mil setecientos cinquenta y siete; otras setenta y cinco libras el dia de Navidad del mismo año; otras setenta y cinco libras el dia de San Juan de Junio del año mil setecientos cinquenta y ocho; Otras setenta y cinco libras el dia de Navidad del proprio año; Cincuenta libras el dia de San Juan de Junio del año mil setecientos cincuenta y nueve; y las restantes cinquenta libras el dia de Navidad a fin de dicho año mil setecientos cinquenta y nueve. Lo que prometo cumplir sin dilación ni compensación alguna, con el salario de procutador, y restitución y emnienda de daños, y costas. Para cuyo cumplimiento obligo todos mis bienes muebles, y sitios, havidos, y por haver. Renunciando a qualquier derecho o ley que favorecerme pueda. Y por pacto a mi proprio fuero. Submetiendome al fuero del Ilustre Señor Corregidor de la presente ciudad, o de otra qualesquier official seglar solamente, con facultad de variar de juicio, haziendo, y firmando escritura de tercio bajo pena de tercio en los libros de los tercios de la curia de dicho Señor Corregidor, o de otro qualquier superior seglar solamente, como se ha dicho. Por la qual obligo mi persona, y bienes referidos, con la constitucion de procutador a todos los escrivanos de dicha curia, presentes y venideros, para firmar dicha escritura de tercio, con las obligaciones sobre referidas, por ser el dia de yo feriado por ser el miercoles de ceniza. En cuyo testimonio otorga la presente escritura en la ciudad de Barcelona a los tres dias del mes de Marzo del año del Nacimiento del Señor de mil setecientos cinquenta y seis. Siendo presentes y llamados por testigos Francisco Girons y Joachin Clarís oficiales de pluma, en dicha ciudad residentes.
Rafael Gavarrell, Ante mi Felix Campllonch notario que doy fee conocer al otorgante.