Saga Bacardí |
01694 |
ESCRITURA DE REVOCACION DE PODERES HACIA FERAU Y NOMBRAMIENTO HACIA SABATER POR ESTEVAN CANALS EN NOMBRE DE CANALS & CANET. |
Sepan quantos esta carta de poder vieren, y leyeren como yo Estevan Canals mercadel de paños, vezino de Barcelona, en el nombre social de Canals & Canet (revocando como ante todas cosas revoco el poder que con escritura publica que pasó ante el notario abaxo firmado el dia ocho del corriente mes de Febrero, atorgué a Jacintho Ferau vezino de esta ciudad para el efecto que abazo se expresará, paraqué no use de dicho poder baxo decreto de nulidad, y otras penas por el derecho establecidas, dexando a dicho Jacintho Ferau en su credito, honor y fama, porque no hago esta revocación con animo de injuriarlo, y requiera al escribano, a quien se pidiere, haga notoria esta revocación a dicho Jacintho Ferau, y lo de por testimonio) otorgo, y conosco que doy todo mi poder cumplido, tan bastante como de derecho se requiere, y es necesario a Joseph Sabater comerciante residente en la ciudad de Cádiz ausente assí bien como si fuere presente paraqué en nombre de dicha mi compañía, y aquella representando pida, reziva, assí bien como si fuere presente, paraqué en nombre de dicha mi compañía, y aquella representando pida, reziva, y cobre de Angel Ferau, y Martin Basa comerciantes residentes en dicha ciudad de Cádiz, y de las demás personas que convenga ducientas, y cinquenta piezas de indianas, juntas de tiro dos mil quinientas ochenta y tres canas y siete palmos, que en ocho de Julio mil setecientos cinquenta y quatro Geronimo y Raymundo Firmat padre e hijo percheros vecinos de esta ciudad compraron a mi compañía por precio de tres mil ducientas veinte y nueve libras diez y seis sueldos y onze dineros, moneda barcelonesa a razón de una libra y cinco sueldos la cana, a las quales añadidas diez libras y diez sueldos por los embalages toman suma de tres mil ducientas quarenta libras seis sueldos y onze dineros, de cuya partoda dichos padre e hijo Firmat hizieron deligación a dicha mi compañía, y prometieron pagarla en el plazo de seis meses con escritura privada firmada de sus proprias manos con fecha del mismo dia, cuyo recobro haga por no haver cumplido dichos padre e hijo Firmat al pago de la expressada cantidad vencido el plazo, y hallarse dichas piezas de indianas de su cuenta existentes en poder de los referidos Angel Ferau, y Martin Basa, y caso que fuessen vendidas en todo o en parte, pida, reciba, y cobre de los mismos Angel Ferau, y Martín Basa y de las demás personas que convenga el limpio provedido de ellas. Y de todo lo que reciviere y cobrare, de, y otorgue recibos, cartas de pago, finiquitos, cessiones, lastos, y los demás recados necesarios con renunciación de leyes, o fee de entrega. Y si sobre lo expresado, o parte se ofreciere parecer en juicio, lo haba ante qualesquier Señores juezes, tribunales, y audiencias eclesiásticas y seglares, y las presentaciones, pedimientos, requerimientos, citaciones, protestas, embargos, execuciones, apremios, prisiones, pregones, vendas, trances y remates, contradicciones, recusaciones, juramentos, conclusiones, apartamientos, consentimientos, apelaciones, suplicas, y demás autos, y diligencias, que judicial, y extrajudicialmente convengan que para todo doy amplio poder a dicho Joseph Sabater, y le confiero la misma facultad que en mi reside paraqué en todo disponga a su arbitrio. Y con clalsula de que le pueda substituir en todo, o parte en una, o mas personas, o procuradores, revocar substitutos con causa, o sin ella, y nombrar otros quedando este en su fuerza y con todas rindicencias, y dependencias, anualidades y connecidades libre, franca, y general aadministracion, y relevación. Y me obligo en forma devida, de derecho a haver por firme, estable y valedero quanto en virtud del presente se executare. En cuyo testimonio assí lo otorgo ante el infro notario y testigos abaxo nombrados en la ciudad de Barcelona a veinte y un días del mes de Febrero del año mil setecientos cinquenta y cinco, siendo presentes por testigos Francisco Soler y Martin comerciantes vecinos de Barcelona y Salvador Galart mancebo mercadel de paños residente en ellas.
Ante mi Sebastian Prats notario.