Saga Bacardí
01728
ESCRITURA DE PODERES HACIA BONEU, POR ENTRE OTROS JAIME CANET Y FERRUSSOLA.


Joseph Puiguriguer, y Clariana, Ramon Antonio Piera, y Jayme Caet y Ferrussola comerciantes matriculados, vecinos de Barcelona, junto y cada yno de por si, constituimos y ordenamos en procurador nuestro cierto, y especial, y para las cosas abajo escritas general, assí que la especialidad no derogue a la generalidad, ni al contrario, al Magnifico Januario Boneu ciudadano honrado de Barcelona, ausente, assí bien como si fuere presente, para que por nosotros, y en nuestro nombre pueda comparecer en qualesquier tribunales eclesiasticos, y seglares, y en ellos intentar, y seguir qualesquier pleytos, o causas, activas, y passivas, principales, y apelatorias, movidas y para mover largamente, con el acostumbrado curso de pleytos, y causas, facultad expressa de jurar de calumnia y en otra forma, prestar cauciones juratorias y fiaduroas, exponer clamos, y reclamos, e instar execuciones, y hacer todo lo demas, que acerca de dichas causas, y su amplisimo curso se requiera, según el estilo de los mismos tribunales, sin limitacion alguna. Y con la facultad de substituir este poder, y revocar los substitutos, siempre y quando le pareciere. Y generalmente executar todo lo que nosotros personalmente hacer podriamos. Prometiendo estar a juicio, pagar lo juzgado, y tener por firme y valededo todo lo que dicho nuestro procurador, y sus substitutos obraren, y no revocarlo e tiempo alguno, baxo la obligacion de todos nuestros bienes, y de cada uno de nosotros de por si, con todas renunciaciones de derecho necessarias. En cuio testimonio assi lo otogamos en la ciudad de Barcelona a onze dias del mes de Marzo año del Nacimiento del Señor de mil setecientos sessenta y cinco. Siendo presentes por testigos el Rndo. Dr. gabriel Roger Pbro, Beneficiado de la Santa Cathedral Iglesia de Barcelona, y Francisco Cavaller mancebo del comercio residente en la misma ciudad.
Joseph Puiguriguer y Clariana, Jaime Canet, Ramon Anton Piria, Ante mi Sebastian Prats notario, que doy fe conosco a los otorgantes.