Saga Bacardí
01782
ESCRITURA DE PODERES HACIA CANDET, POR MARIA TERESA CANALS AMETLLER.


Sepase por esta escritura de ----, como yo Da. Maria Theresa Canals y Ameller consorte de Juan Pablo Canals Barón de Vallta ciudad domiciliado. De mi espontanea voluntat otorgo y doy todo mi poder cumplido, qual de derecho se requiere y es necessario al Dr. en derechos Fausto Candet en la ciudad de Tarragona comiciliado, aunque ausente como si fuere presente para que por mi, en mo nombre, y representando mi propria persona, accion y derecho pueda parecer y parezca ante qualesquier Señores Ministros, jueces, justicias, audiencias, curias, y tribunales ecclesiasticos y seglares, y en ellos y cada uno de ellos intentar, proseguir y terminar qualesquier pleytos, y causas civiles, y criminales activas y pasivas, principales y de apellacion, movidas y para mover por qualquier causa y razón y con qualquier personas lagamente con el acostumbrado curso de pleytos, y causas, facultad exrpessa de jurar de calumnia, prestar cauciones juratorias y fiadoras exponer clamos, y reclamos, instar execuciones, poner embargos, y aquellos cancelar, consentir que se levanten hacer qualesquier requirimientos y protestas evitar sean limitados los testigos que seran menester. Y practicar todo lo demas que por dicha causa, y su amplissimo curso se requiera, según estilo de los tribunales en dichos pleytos se ssiguieren sin limitación alguna con facultad de substituhir el rpesente poder revocar los substitutos y nombrar otros siempre y quando le pareciere. Y generalmente execurar lo que yo haria siendo presente, prometiendo estar a juhicio, pagar lo juzgado y sentenciado y haver pof agradable todo lo que por dicho mi apoderado y sus substitutos será practicado, y no revocarlo en tiempo alguno baxo obligacion de todos mis bienes muebles y rahizes, havidos y por haver con todas renuncias necessarias. En cuio testimonio otorgo la presente escritura en esta ciudad de Barcelona a los quinze dias del mes de Maio del año del Nacimiento del Señor de mil setecientos ochenta y tres. Y dicha Señora otorgante (a lien el infro escrivano doy fe conocer) lo firmó. Siendo presentes por testigos Ignacio Clos y Vilar notario real y Joseph Thomas escriviente en esta ciudad de Barcelona habitantes.
Doña Maria Theresa Canals y Ameller, Ante mi Ramon Matheu y Smandia escrivano.