Saga Bacardí |
01900 |
RELACION DE LOS BIENES SECUESTRADOS A CAYETANO GALUP, HACIA SU ESPOSA MARIA NADAL Y VICENT. |
Da. Maria Galup y Nadal, viuda de D. Cayetano Galup, Corredor Real de Cambios, vecino que fue de esta ciudad de Barcelona, asi en mi nombre proprio, como en el de heredera que soy con beneficio de inventario de la universal heredad y bienes del susodicho D. Cayetano mi marido. Por quanto de resultas del extinguido Gobierno Constitucional y del empleo de Regidor de esta ciudad que obtuvo el mencionado mi difunto esposo durante aquella desgraciada epoca, fueron seqüestrados e inventariados no solo sus bienes sino tambien los mios proprios, dos distinctas veces, la primera por el Sr. D. José Maria Lopez Comisario de Policia del Quartel quarto de esta dicha ciudad, con intervencion de D. Ramon Luesma escrivano de Policia, según consta con escritura que pasó en poder de este en seis Junio del año mil ochocientos veinte y quatro; y la segunda por providencia del Ilustre Sr. D. José Victor de Oñate Real oidor y Governador de la Sala del Crimen de la Real Audiencia de Cataluña, según también parece con otra escritura publica otorgada por ante el Dr. D. José de Quintana notario publico Real Collegiado de número de Barcelona en diez y seis del citado mes de Junio de mil ochocientos veinte y quatro: Cuyos bienes fueron puestos por disposicion de dicho Ilustre Sr. de Oñate en pura comanda según leyes de deposito en poder de D. Antonio Artós vecino y del comercio de esta dicha ciudad, nombrandole a este fin en Sequatrador. Y habiendose en su consequancia seguido pleito en la citada Real Sala, fue aquel finido gloriosamente mediante Real Sentencia a favor del repetido mi esposo, levantando el dicho sequastro y maridando al predicho D. Antonio Artós, que rindiese cuentas de su Administración a mi favor, según consta de cartel de siete de Setiembre del cadente año de mil ochocientos veinte y seis, firmado por D. Francisco Mas y Mas notario actuario de la susodicha causa. En fuerza de cuio maridato anelando el mismo D. Antonio Artós de que se le difinen sus cuentas en publica forma. Por ende de mi libre alvedrio y cierta ciencia confiesso y reconosco al mismo D. Antonio Artós presente no solo haberle dado y reintegrado todos los bienes, alajas, juyas y todo quanto se describió en las arriba calendados inventarios; sino tambien leal cuenta y razon de todas las cantodades de dinero que cobró y satisfizo en la qualidad de seqüestrador referido; según consta de la cienta general que me ha oesentado que a la letra es como sigue.= Cuenta de lo cobrado y satisfecho por el abaxo firmado desde nueve de Agosto de mil ochocientos veinte y quatro a siete Setiembre de mil ochocientos veinte y seis, ambos inclusive en calidad de seqüestrador de los bienes de D. Cayetano y Da. Maria Galup en la presente diudad, nombrado por el Muy Ilustre Sr. D. José Victor Oñate, cuyas cuentas produce a la expressada Da. Maria Galup, como heredera de su difunto esposo D. Cayetano en virtud de autos de la Real Sala del Crimen, que se le intimó por el escribano D. Francisco Mas y Mas en siete del actual Setiembre mil ochocientos veinte y seis. A saber.
CARGO. B. Cayetano B. Maria. Total libras
* 1824 9. De Catalina Janer Sn. Carlos, por tres mese de alquiler del tercer piso de la casa calle Nueva de Sn. Francisco, que fenecerán en trenta de Setiembre procsimo: veinte y dos libras, diez sueldos.......................22L 10S
* 14. De la viuda de Ramon Rodes por siete meses de alquiler que vencerán en trece Setiembre procsimo de una habitacion en el segundo piso de la casa calle de Hasadas: quince libras quince sueldos..............................15L 15S
* et.1º. De Isidro Galceran por dos meses de alquiler que fenecieron en veinte y cinco Diciembre mil ochocientos veinte y dos de una tienda de la calle Nueva de S. Francisco: once libras, cinco sueldos...............11L 5S
* Id.2. De Pedro Alcarsilla por tes meses de alquiler y venceran en quatro del actual Setiembre de una tienda calle Nueva de S. Francisco: diez y ocho libras..........................................................18L.
* 7, de D. Francisco Mongini por tres meses de alquiler que fenecieron en veinte y tres Noviembre del primer piso calleNueva de S. Francisco: setenta y tres libras dos sueldos y seis dineros....................................73L 2S 6D
* Id. 14. De Maria Ana Pinos por tres meses de alquiler que vencieron en veinte y tres Noviembre mil ochocientos veinte y tres del tercer piso calle Nueva de S. Francisco: veinte libras cinco sueldos..............................20L 5S
* Id. 2. De Andres Sanjaume por quatro meses y medio de alquiler que fenecieron en treinta Setiembre ultimo de una habitacion en el segundo piso calle de Flassaders: veinte y dos libras tres sueldos......................................22L 3S
* Id. 12. De D. Francisco de Guseme a cuenta de los atrasos de alquileres del promer piso de la calle Nueva de S. Francisco, según confesión oficial en poder del escrivano Quintana: quince libras.................................15L
* Id. 19. De D. Juan Merlí por tres meses de alquiler del segundo piso calle Nueva de S. Francisco, que fenecieron en tres Enero procsimo: veinte y siete libras..........................................................27L
* Oct. 23. Recibido de D. Dionisio Brogialdi por un mes de alquiler que fenecerá en veinte y dos Noviembre procsimo del primer piso calle Nueva de S. Francisco: veinte y seis libras cinco sueldos...............................26L 5S
* Nov. 3. De Da. Catalina Janer S. Carlos por tres meses de alquiler que vencerán en treinta y uno Dic., procsimo: veinte y dos libras diez sueldos........................................................22L 10S
* Id. 4. De D. Francisco de Gysome a cuenta de los atrasos de alquileres quedo debiendo: quinse libras...................................15L
* Id. De D. Pedro Alcarsilla por tres meses de alquiler que venceran en quatro Diciembre procsimo: diez y ocho libras.............18L
* I9D. 7. De Isidro Galcerán por tres meses que venceran en veinte y cinco marzo de mil ochocientos veinte y tres: diez y seis libras diez y siete sueldos y seis dineros.........................................................16L 17S 6D
* Id. De José Gomita por tres meses de alquiler de una tienda calle Nueva de S. Francisco, que fenecieron en treinta y uno Octubre ultimo: veinte y dos libras, diez sueldos.........................................................23L 10S
* Dic.1º. De Francisco Mongini por tres meses que veceran en veinte y tres Febrero procsimo: Setenta y tres libras dos sueldos, y seis dineros..........................................................73L 2S 6D
* Id.6. De D. Francisco de Gusime a cuenta de los atrasos de alquileres: quince libras.............................................................15L
* Id. De D. Ignacio Fargas, por un año de alquiler de dos tiendas, y habitacion calle de Flassaders que vencerán en diez y siete Nov. Mil ochocientos veintey cinco: doscientas quarenta libras...................................................240L
* 1825. Enero 7. De D. Juan Merli por tres meses que fenecieran en tres Abril procsimo: veinte y siete libras............................27L
* Id.8. De Da. Maria Ana Pinós por quatro meses que fenecieron en veinte tres marzo mil ochocientos veinte y quatro: veinte y siete libras..............................................................27L
* Id. 31. De Isidro Galceran por tres meses que fenecieron en veinte y cinco Junio de mil ochocientos veinte y tres: diez y seis libras diez y siete sueldos y seis dineros...........................................................16L 17S 6D
* Febrero 1ro. De Catalina Janer S. Carlos por tres meses que vencerán en treinta y uno marzo procsimo: veinte y dos libras, diez sueldos.........................................................22L 10S
* Id. De D. Luis Ubert por un mes y veinte dias de alquileres del primer piso de la calle Nueva de S. Francisco que fenecerán en veinte y ocho corriente. Treinta y siete libras diez sueldos..........................................37L 10S
* Feb. 1º. Recibos de Antonio Font, y Vila por tres meses de alquiler del primer piso de calle Nueva de S. Francisco que venceran en nueve del actual Febrero: veinte y dos libras diez sueldos..........................................22L 10S
* Id. De D. Agustin Crespio por un mes de alquiler del tercer piso calle Nueva de S. Francisco, vencerá en veinte y ocho del corriente: Seis libras once sueldos tres dineros...........................................................6L 11S 3D
* Id. 2. De José Gomita por tres meses de alquiler que vencieron en treinta y uno Enero ultimo: veinte y dos libras diez sueldos...............22L 10S
* Id. 3.De Pedro Alcansilla por tres meses que venceran en tres Marzo proximo: diez y ocho libras....................................................18L
* Id. De los S.S. Gelvert Hijo y Arraut por tres meses de alquiler del segundo piso de la calle de la Marced que feneceran en treinta y uno Abril proximo: sesenta y siete libras diez sueldos...................................................67L 10S
* Id. Dde D. Joaquim Pou por tres mese de alquiler de un almacen de la casa calle de Flassaders que venceran en treinta y uno Marzo proximo: sinquanta libras....................................................................................50L
* Id. De D. José Berges por un mes de alquiler del tercer piso de la casa calle de la Merced, que cencerá en diez y nueve del corriente: once libras cinco sueldos.........................................................11L 5S
* Id.4. De Da. Maria Ana del Cacho por dos meses de alquiler del segundo poso casa calle Nueva de S. Francisco que cencieron en treinta y uno de Octubre mil ochocientos veinte y quatro: treinta y tres libras quince sueldos.........................................................33L 15S
* Id. 14. De D. Benito de Quesada por dos meses de alquiler del segundo piso de la calle Nueva de S. Francisco que vencerán en tres Abril proximo: veinte y ocho libras, dos sueldos y seis dineros.................................28L 2S 6D
* Marzo 2. De D. Andres Sanjaume por seis meses de alquiler, que venceran en treinta y uno del actual: veinte y nueve libras diez sueldos................29L 10S
* Id.7. De D. Francisco Mongini por tres meses de alquiler que venceran en veinte y tres Mayo proximo: sesenta y siete libras diez sueldos.........................................................67L 10S
* Id. 8. De la viuda Rodes por seis meses de alquiler que feneceran en trece del actual: quince libras quince sueldos...........................................15L 15S
* Abril 5. Recibido de D. Joaquin Pou por tres meses de alquiler que venceran en tres Julio proximo: veinte y siete libras...................27L
* Id. De D. Pedro Marcero por seis mese de alquiler del almacen de la casa calle Nueva de S. Francisco que vencerán en diez y nieve Octubre proximo: sinquanta y seis libras cinco sueldos.................................56L 5S
* Mayo 2. De D. Luis Ubert por tres meses de alquiler que venceran en treinta y uno del presente mes: sesenta y siete libras diez sueldos........................................................67L 10S
* Id. De D. Antonio Ferret y Vila por tres meses de alquiler que venceran en nueve del corriente: veinte y dos libras diez s...................22L 10S
* Id.4. De D. Pablo Modolell por seis meses de alquiler que venceran en treinta Setiembre proximo: treinta libras.....................30L
* Id 6. De Pedro Alcarcilla por tres meses de alquiler que venceran en nueve de Junio proximo: diez y ocho libras..............................18L
* Id. 8. De D. Isidro Galceran por tres mese de alquiler que vencieron en veinte y cinco Setiembre de mil ochocientos veinte y tres: diez y seis libras diez y siete sueldos seis dineros.........................................................16L 17S 6D
* Id. 16. De D. José Gomita por tres meses de alquiler que vencieron en treinta Abril ultimo: veinte y dos libras diez s........................22L 10S
* Id. De D. Benito de Quesada por un mes y doce dias de alquiler que feneciéron en diez y seis mayo actual: diez y nueve libras trece sueldos y nueve dineros.........................................................19L 13S 9D
* Id. De Da. Maria Ana Pinos por tres meses de alquiler que vencieron en veinte y tres Junio mil ochocientos veinte y quatro: veinte libras cinco sueldos.............................................................20L 3S
* Id. De Da. Catalina Janer San Carlos por un mes y medio de alquiler que venció en quince Mayo actual: once libras cinco............... 11L 5S
* Junio 3. De D. Francisco Mongini, a saber por tres meses y ocho dias de alquiler del primer piso que feneceran en treinta y uno Agosto proximo: setenta y tres libras diez sueldos. Por tres meses de alquiler del tercer piso que vencerán en dicho dia treinta y uno Agosto: veinte y dos libras diez ...................96L
* Id. 5. De D. José Bergés por tres meses de alquiler que fenecieron en diez y nueve Mayo yltimo: treinta y tres libras quince sueldos.........................................................33L 15S
* Julio 1º. De D. Joaquin Puo por seis meses de alquiler que venceran en treinta y uno Diciembre proximo: cien libras........................................100L
* Julio 6. Recibido de D. Juan Merlí por tres meses de alquiler que feneceran en tres Octubre proximo: veinte y siete libras...............27L
* Agosto 2. De D. Luis Ubert por tres mese de alquiler que venceran en treinta y uno del corriente: Sesenta y siete libras diez s...............67L 10S
* Id. De D. Antonio Font y Vila por tres mese de alquiler que feneceran en nueve del corriente según idem: veinte y dos libras diez sueldos........................................................22L 10S
* Id. 5. De Maria Ana Pinós por tres mese de alquiler que vencieron en veinte y tres Setiembre mil ochocientos veinte y quatro: veinte libras cinco sueldos........................................................20L 5S
* Id. 8. De Isidro Galceran por tres meses de alquiler que fenecieron en veinte y cinco Diciembre mil ochocientos veinte y tres: diez y seis libras, diez y siete libras y seis sueldos........................................................16L 17S 6D
* Id. De Pedro Alcarsilla por tres meses de alquiler que vencieron en tres Setiembre proximo: diez y ocho libras.............................18L
* Id. De José Gomita por tres meses de alquiler que vencieron en treinta y uno Julio ultimo: veinte y dos libras diez sueldos..............22L 10S
* Id. 13. De D. Francisco Gusema a cuenta de los atrasos de alquileres que quedó debiendo: setenta y cinco libras.......................75L
* Id. 27 Del mismo Sr. Gusema a cuenta de Id. Id: quince libras..........................................................15L
* Setiembre 6. De D. José Barges por tres meses de alquiler que fenecieron en treinta y uno Agosto ultimo: treinta y tres libras quince sueldos.......................................................33L 15S
* Id.7. De D. Francisco Mongini por tres meses de alquiler que vencieron en treinta y uno Noviembre proximo. Noventa libras............90L
* Id.23. De D. Francisco de Guseme a cuenta de los atrasos queda debiendo: treinta libras...........................................................30L
* Octubre 3. De D. Andres Sant Jaume por seis meses de alquileres que venceran en treinta Setiembre proximo: veinte y nueve libras diez sueldos........................................................................29L 10S
* Id. 6. De Juan Merlí por tres meses de alquileres que venceran en tres Enero mil ocho cientos veinte y seis: veinte y siete libras..........................................................................27L
* 16. De Antonia Cabré por dos u medio meses de alquileres que vencieron en diez del corriente por el segundo piso de la calle Nueva de S. Francisco: treinta y siete libras diez sueldos...................................................37L 10S
* Id. 19. De D. Pablo Modolell por seis meses de alquileres que fenecerán en treinta y uno Marzo mil ochocientos veinte y seis: treinta libras..........................................................30L
* Id. 25. De D. Pedro Marcero por seis meses de alquileres del almacen de las calle Nueva de S. Francisco que encerán en diez y nueve Abril proximo: sinquenta y seis libras cino sueldos........................................56L 5S
* Noviembre 1º. Recibos de Da. Luisa Falgle por dos mese, y seis dias de alquileres dels segundo piso de la calle Nueva de S. Francisco que empezaran en veinte y seis Octubre y fenecerán en treinta y uno Diciembre, a siete dineros y medio al mes: treinta libras diez sueldos y nueve d...................30L 18S 9D
* Id. 2. De D. Antonio Font por tres meses de alquileres que vencerán en nueve del corriente: veinte y dos libras diez s....................22L 10S
* Id. De Da. Mariana Pinós por tres meses de alquiler que vencieron en veinte y tres de Diciembre mil ochocientos veinte y quatro: veinte libras cinco sueldos.........................................................20L 5S
* Id. $. De D. Luis Ubert por tres meses de alquiler que vencerán en treinta del corriente: sesenta y siete libras diez s................67L 10S
* ID. 5. De Pedro Alcarsilla por tres mese de alquiler que vencerán en tres Diciembre proximo: diez y ocho libras..............................18L
* Id. 7. De José Gumita por tres meses de alquiler que vencieron en ttreinta y uno Octubre ultimo: veinte y dos libras y diez sueldos..........................................................22L 10S
* Id. 14. De D. Isidro Galceran por tres meses de alquileres que vencieron en veinte y cinco Marzo mil ochocientos veinte y quatro: diez y seis libras diez y siete sueldos y seis dineros....................................................16L 17S 6D
* Diciembre 5. De D. Francisco Mongini por tres meses de alquiler que vencenran en veinte y ocho Febrero procsimo del primer piso: sesenta y siete libras diez sueldos. Id. De dicho Sr. por idem. Del tercer piso: veinte libras diez sueldos.........................................................90L
* Id. De D. Francisco de Guseme a cuenta de los atrasos de alquileres que quedo debiendo: treinta libras...................................30L
* Id.6. De los Sres. Gervent hijo y Arraut por seis meses de alquiler que vencieron en treinta y uno Octubre ultimo: ciento treinta y cinco libras..........................................................135L
* 1826. Enero 1º. De D. Joaquin Pou y Nadal por seis mese de alquileres que venceran en treinta Junio proximo: cien libras...............................100L
* Id. 3. De D. José Barges por quatro meses de alquiler que vencieron en diez y nueve Dbre. ultimo: quarenta y cinco libras.................45L
* Id. De Da. Mariana Pinos por tres mese de alquiler que vencieron en veinte y tres Marzo mil ochocientos veinte y cinco: veinte libras cinco sueldos.........................................................20L 5S
* Id. 5. De D. Juan Merlí por tres meses de alquiler que venceran en tres de Abril proximo: veinte y siete libras............................27L
* Id. 12. De la Viuda de Ramon Rodes por quatro meses de id. Que vencieron en trece Julio mil ochocientos veinte y cinco: diez libras, diez sueldos......................................................................................10L 10S
* Feb.3. Recibido de D. Antonio Font por tres meses de alquiler que venceran en nueve del corriente: veinte y dos libras diez s...............22L 10S
* ID. 4. Diciembre Luis Ubert por tres mese de alquiler que venceran en veinte y ocho del corriente: sesenta y siete libras diez.............67L 10S
* Id. 6. De D. Pedro Alcarcilla por tres meses de alquiler que venceran en tres marzo proximo: diez y ocho libras................................18L
* Id. 13. De D. Isidro Galceran por tres meses de alquiler que vencieron en veinte y cinco Junio mil ochocientos veinte y quatro: diez y seis libras diez y siete sueldos y seis dineros...................................................16L 17S 6D
* Marzo 3. De José Gomita por tres meses de alquiler que fenecieron en treinta y uno Enero ultimo: veinte y dos libras diez s.............22L 10S
* Id. De D. Francisco de Guseme a cuenta de los atrasos que quedó debiendo: treinta libras..........................................................30L
* Id.6. De Francisco Mongini por tres meses de alquiler del primero y tercero piso que venceran en treinta y uno Mayo proximo: noventa libras.........................................................90L
* Id. 7. De Da. Luisa Fangle por tres meses de Id. Que venceran en treinta y uno del corriente: quarenta y dos libras tres sueldos y nueve dineros......................................................42L 3S 9D
* Id. 30. De la Viuda de Rodes por quatro meses de alquiler que fenecieron en trece de Noviembre mil ochocientos veinte y cinco: diez libras diez sueldos....................................................................10L 10
* Marso 30. De D. José Berges por tres meses de alquiler que venciern en diez y nueve Marzo ultimo: treinta y tres libras quince s......33L 15S
* Abril 4. De D. Pablo Modolell por seis meses de alquiler que venceran en treinta Setiembre proximo: treinta libras...................30L
* Abril 4. De D. Andres Sanjaime por seis meses de alquiler que vencieron en treinta y uno Marzo ultimo: veinte y nueve libras diez sueldos..................................................................29L 10S
* Id. 5. De D. Juan Merlí por tres mese de alquiler que venceran en tres Julio proximo: veinte y siete libras......................................27L
* Id.9: De Da. Mariana Pinos por quatro meses de idem, que vencieron en veinte y tres Julio mil ochocientos veinte y cinco: veinte y siete libras........................................................27L
* Id. 27. De D. Francisco de Guseme a cuenta de los atrasos que quedo del cido: quice libras........................................................15L
* Id. 28. De D. Pedro Macero por seis meses que vennceran en diez y nueve Octubre proximo: cinquanta seis libras cinco sueldos....56L 5S
* Mayo 1º. De D. Antonio Unbert por tres meses de alquiler que venceran en treinta y uno del corriente: sesenta y siete libras diez sueldos......................................................67L 10S
* Id. Recibido de D. Antonio Font y Vila por tres meses de laquiler que venceran en nueve del corriente: veinte y dos libras diez sueldos......................................................22L 10S
* Id. Se D. Isidro Galceran por tres meses de alquiler qu vencieron en veinte y cinco Setiembre mil ochocientos y veinte y quatro: diez y seis libras dies y siete sueldos y seis dineros.................................................16L 17S 6D
* Id. 4 de D. Pedro Alcarsilla por tres meses de alquiler que venceran en tres Junio proximo: diez y ocho libras............................18L
* Id. 26. De D. José Gomita por tres meses de alquiler que vencieron en treinta Abril: veinte y dos libras diez sueldos.......................22L 10S
* Junio 5. De D. Francisco Morgino por tres meses de idem del primero y tercer piso que vencerán en treinta y uno de Agosto proximo: noventa libras.........................................................90L
* Id. Dde Da. Lucia Fange por tres meses de idem que venceran en treinta del corriente: quarenta y dos libras tres sueldos y nueve dineros.......................................................42L 3S 9D
* Julio 1º. De D. Joaquin Pou y Nadal por seis idem que rcieron en treinta y uno Diciembre proximo: cien libras.....................................100L
* Id. De Da. Mariana Pinos por tres meses de alquiler que vencieron en veinte y tres Octubre mil ochocientos veinte y cinco: veinte libras cinco sueldos......................................................20L 5S
* Id. 6. De D. Juan Merlí por tres meses de alquiler que feneceran en tres Octubre proximo: veinte y siete libras.........................27L
* Id. 13. De D. Francisco Guseme a cuenta de los atrasos que quedó debiendo: quince libras.........................................................15L
* Id. 30. De D. Isidro Galceran por tres meses de laquiler desde veinte y seis Setiembre a veinte y cinco Diciembre mil ochocientos veinte y quatro: diez y seis libras diez y seis sueldos y seis dineros.............................16L 16S 6D
* Agosto 2. De D. Antonio Hubert por tres meses de alquiler que venceran en treinta y uno del corriente: sesenta y siete libras diez sueldos.....................................................67L 10S
* Id. De D. Antonio Font por tres meses de alquiler que venceran en nueve del actual: veinte y dos libras diez sueldos.....................22L 10S
* Id. 3. De la Viuda de Ramon Rodes por seis mese de alquiler que fenecieron en trece de Mayo ultimo: quince libras quince sueldos.................15L 15S
* Id. 15. De D. Pedro Alcaralla por tres mese idem que venceran ne treinta y uno Setiembre proximo: diez y ocho libras...........18L
* Setiembre 4. De D. Francisco Poller por tres meses de alquiler del segundo posi de la calle Nueva de S. Francisco que venceran en treinta Setiembre proximo: quarenta y dos libras tres sueldos y nueve dineros.........42L 3S 9D
* Id. De Da. Mariana Pinos por tres meses idem desde veinte y quatro de octubre de mil ochocientos veinte y cinco a veinte y tres de Enero del de mil ochocientos veinte y seis según recibo: veinte libras cinco sueldos......20L 5S
4228L 6D
DATA.
1824
Octubre 30. Pagado a Jayme Ponsico albañil por varios remiendos indispensables según cienta y recibo: treinta y cinco libras cinco sueldos y ocho dineros........................................................35L 5S 8D
* Diciembre 11 Pagado a casa la ciudad por la contribucion de remplazos del Exercito doce duros y por la discrecion dos pesetas y media según recibo: veinte y tres libras ocho sueldos y nueve dineros......................23L 8S 9D
* Diciembre 14. Pagado al Excelentisimo Ayuntamiento por las esquadras de Valls y Diputado de Provincia según recibo: dos libras diez y siete sueldos y quatro dineros.....................................................2L 17S 4D
* Id. Por idem, idem. Según idem: una libra siete sueldos y cinco dineros.....................................................................1L 7S 5D
* 1825. Febrero 4. Idem a José Nogueras vidriero según cuenta y recibo catorce libras diez y siete sueldos seis dineros....................14L 17S 6D
* Id. Idem. A Miquel Rius cerragero según idem: cinco libras diez sueldos nueve dineros......................................................5L 10S 9D
* Id. Idem Jayme Ponsico albañil según idem: treinta y dos libras quince sueldos y dos dineros....................................................32L 15S 2D
* Id. Idem a Da. Maria Galup Nadal para atender a su manutencion y cuidado de la casa de cuia partida respondera la misma, con los creditos que tiene contra los bienes de su eposo: seiscientas libras............................................600L
* Mayo 19. Pagados al Excelentisimo Ayuntamiento por las esquadras de Valls y Diputacion de Provincia, según recibo: dos libras diez y siete sueldos y quatro dineros....................................................2L 17S 4D
* Id. Idem a idem por idem según idem: una libra siete sueldos y cinco dineros..................................................................1L 7S 5D
* Id. Idem. A D. Bartolome Martinez Comisionado por el Excelentisimo Ayuntamiento del cobro de la limpieza de los albañales según recibo: cinco libras ocho sueldos..................................................................5L 8S
* Junio 10. Idem por el importe de la mitad de dos cedulas de veinte duros por la conduccion de el agua según id: treinta y siete libras diez sueldos.................................................37L 10S
* Id. Idem a idem por idem según idem: una libra siete sueldos y cinco dineros.................................................................1L 7S 5D
* Id. 16. Idem a D. Juan Cruells como apoderadl del Excelentisimo Sr. Marques de Villel por ocho penciones del censo de nueve libras vencidas desde mil ochocientos diez y ocho a mil ochocientos veinte y cinco ambas inclusive según idem: setenta y dos libras..................................................72L
* Id.22 Idem. a D. José Montaner como apoderado del Sr. D. Cayetano Amat y de Cortada por dos penciones del censo de veinte y dos libras diez sueldos vencidas en mil ochocientos veinte y tres y mil ochocientos veinte y quatro según idem: quarenta y cinco libras..........................................45L
* Agosto 8. Pagado a D. Bartolome Martinez Comisionado por el Excelentisimo Ayuntamiento de la limpieza de albañales según recibo: siete libras diez y seis sueldos y seis dineros.........................................7L 17S 6D
* Id 23. Idem a D. José Antonio Malet Claravis del Colegio de Coredores por el cupo asignado a D. Cayetano Galup por el subsidio del año mil ochocientos veinte y quatro según idem: quince libras......................15L
* Id. 28. Idem D. Pedro Bertrina procurador de la Comunidad de Pbros. De la Villa de Ripoll por quatro persiones del censo al quitar disurriendo desde veinte y ocho Junio mil ochocientos veinte y dos hasta igual dia de mil ochocientos veinte y quatro, según idem: ciento setenta y tres libras seis sueldos y ocho dineros.............................................173L 6S 8D
* Diciembre 15. Pagado a D. Eudaldo de Rafiguera procurador de la antedicha Comunidad por la pecion vencida en veinte y ocho Junio mil ochocientos veinte y cinco según recibo: quarenta y tres libras seis sueldos y ocho dineros..............................................43L 6S 8D
* Id. Idem por importe de la segunda mitad de dos cedulas de veinte duros para los conduccion de agua según las mismas: treinta y siete libras, diez sueldos..............................................37L 10S
* 1826 Marzo 7. Pagado al Excelentisimo Ayuntamiento por las escuadras de Valls y Diputacion provincia según recibo: dos libras diez y siete sueldos y cinco dineros que importa junto quatro libras quatro sueldos y nueve dineros................................................2L 17S 5D
* Id. 10. Item a D. Francisco de Milans como Tesorero de la Junta del Comercio por cupo asignado a D. Cayetano Galup por el susodicho del año mil ochocientos veinte y cinco de doscientos sinquenta reales según recibo: veinte y tres libras ocho sueldos y nueve dineros...............................................................................23L 8S 9D
* Abril 30. Idem a D. Antonio Nadal y Vicent Recaudador de la Comision para la rebaja de los diezmos de esentas por las tierras que posee en el pueblo de D: martín de Provensals según idem: dos libras doce sueldos y seis dineros.................................................................2L 12S 6D
* Mayo 31. Idem a Da. Maria Galup y Nadal para atender a la manutencion suya y a la de D. Cayetano Galup baxo garantia de la primera según recibo: mil quinientas libras....................................................................................1500L
* Junio 28. Pagado a D. Jayme Ponsico albañil por una cuenta de remiendos indispensables en varias cosas según recibo: quarenta y seis libras doce sueldos y diez dineros.....................................................................................46L 12S 10D
* Julio 31. Idem a D. José Montaner procurador del Sr. Baron de Maldá por la pencion del censo vencida en mil ochocientos veinte y cinco según idem: veinte y dos librras diez sueldos.......................................22L 10S
2756L 10S
Setiembre 10. Cedo gustoso a favor de D. Maria Galup y Nadal los honorarios que expresare y me corresponden como sequastrador; con la condicion que siempre que se me impugnaren las presentes cuentas por qualesquiera persona, no entiendo haber hecho la condonacion de los susodichos honorarios, queriendo tener el derecho expredido para percibirlas y cobrarlas en tal caso.
PARTIDAS CEDIDAS
* El diez per ciento que sobre quatro mil doscientas veinte y ocho libras y seis dineros importe total de lo que he cobrado en dinero que son quatrocientas veinte y dos libras diez y seis sueldos..................................................422L 16S
* Igualmente el diez por ciento sobre quatrocientas quatro quarteras seis quartones cevada a siete pesetas quartera, mil sesenta y una libra diez y seis sueldos y tres dineros.........................................1061L 16S 3D
* Ciento ochenta un sacos haria de peso trescientos ochenta y quatro quintales dos arrobas trece libras a veinte y dos pesetas: tres mil ciento setenta y tres libras, tres sueldos y un dinero........................3173L 3S 1D
* Cinco botas rubias de valor: seiscientas once libras 611L
* Ocho cajas quina peso limpio nuevecientas quarenta libras seis onzas a cinco pesetas; mil setecientas sesenta y tres libras ocho sueldos y nueve dineros........................................1763L 8S 9D
SUMA. Seis mil seiscientas nueve libras, ocho sueldos nieve dineros.....................................
6609L 8S 9D
* Sobre el diez por ciento a seiscientas sesenta libras, diez y ocho sueldos y un dinero.............................................................660L 18S 1D
* De dichos generos me encargó el Gobierno al tiempo el inventario y despues entregué la cevado a pablo Trias, la harina a D. Francisco Dodes y compañeros, la Rubia a lo Sres. Galvent e hijos y Arraut, la quina a los Sres. Ponte y Cia. en virtud de mandato del M.S.D. Jose Victor de Oñate de fecha treinta Julio mil ochocientos veinte y quatro.
* Importan las dos partidas que cedo a Da. Maria Galup y Nadal: mil ochenta y tres libras catorce sueldos y un dinero....1083L 14S 1D
* Id. Pagados a la misma Da. Maria Galup y Nadal por saldos y finiquitos de esta cuenta en virtud de auto de esta Real Audiencia de fecha siete del corriente comunicado por el Excelentisimo D. Francisco Mas y Mas por haber entregado en el goze de sus bienes y de los de su esposo D. Cayetano Galup seguro recibo: mil quatrocientas setenta y una libras seis sueldos y seis dineros...........................1471L 6S
Suma cuatro mil doscientas veinte y ocho libras seis dineros S.E.y O
4228L 6S 6D
Barcelona diez de Setiembre de mil ochocientos veinte y seis.= Antonio Artós.
Cuyas circunstancias vistas y examinadas una y muchas veces con doligente cuidado por mi y por personas de mi mayor confianza, siempre he hallado que lo cobrado por el nombrado D. Antonio Artós en la qualidad predicha de secuastrador, importa la suma de quatro mil doscientas veinte y ocho libras y seis dineros moneda barcelonesa: Y lo pagado y satisfecho por el mismo la de dos mil setecientas sinquanta y seis libras catorce sueldos, a cuia ultima partida añadida la de mil quinientas setenta y una libras seis sueldos y seis dineros que me ha entregado por saldo y finiquito las dichas cuentas según arriba queda expresado resulta asi quedan el cargo y data igual. Habiendo el propio D. Antonio entregado al mismo tiempo a mi todos los recibos y documentos justificativos que se mencionan en dichas cuentas:Como tambien las escrituras y papeles concernientes a mis bienes y a las que fueron de mi difunto esposo junto con toda la existencia de alajas, muebles, y ropas de que se encargó como a sequestrados inventarios. De todo lo que le otorgo la correspondiente carta de pago y de entrega renunciando a la cosa no ser asi recibida, y a qualesquiera otra ley o derecho de mi favor. Por lo que loando y aprovando las dobrecitadas cuentas, con renuncia a la excepcion de no estad aquellas examinadas y calculadas devidamente al error del calculo y a la ley que dice que por el tal error las cuentas pieden ser retractadas; De mi voluntad espontana y cierta ciencia las absuelvo y defino al susodicho D. Antonio Artós y a sus sucesores. Protestando que por razon de ellas no lo molestare juicial no extrajuicialmente ni alegaré sobre las mismas cuentas nulidad o lesion alguna: de las quales desde ahora hago final absolucion y definicion con pacto firmisimo de no pedirle cosa alguna mas y con imposicion de silencio pepetuo. Obligando al efecrto todos los indicados mis bienes y los que fueron del prenombrado mo esposo. Tribuiendo al mismo D. Antonio Artós expresovasgracias por el zelo, cabal desmpeño y desinteres con que se ha comportado. En cuyo testimonio asi lo firmo en la ciudad de Barcelona a veinte y quatro dias del mes de Diciembre año del nacimiento del Sor. de mil ochocientos veinte y seis. Siendo presentes por testigos José Francisco Rgalt y Alberch y José Arrau y barba, practicantes de notaria, vecinos de esta ciudad.
Maria Galup y Nadal, Ante mi Jaime Rigalt y Estreada notario, que doy fe conosco a la Sra. otorgante.