Saga Bacardí
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ESCRITURA DE PROTESTO DE CAMBIABLE DE POU, HACIA ANTONIO NADAL Y DARRER.


En la ciudad de Barcelona a los quatro dias del mes de Abril del año mil setecientos noventa y siete. Juaquin Pou confitero vezino de esta ciudad, con comisión y orden de D. Joseph Arch vezino y del comercio de la presente ciuda, constituido personalmente en las casas de la propria habitación de D. Antonio Nadal y Darrer del comercio de dicha presente ciudad, a fin de cobrar de este el importe de las letras bajo insertas, le presentó la primera, y segunda letras de cambio, que son del thenor siguiente.= J.M.J. Cartagena veinte y uno de Marzo de mil setecientos noventa y siete. Por duros quatrocientos reales, a ocho dias vista, mandará pagar por esta primera de cambio a la orden de D. Manuel Gonsales Farinas, duros quatrocientos con exclusion de vales reales, en oro o plata, valor recibido de dicho Señor, que anotará Vm. En cuenta, según aviso de.= Domingo Roman.= A Joan Bautista Roman Cros & Cia. (guarde Dios muchos años, Alicante pagada en Barcelona.= Corriente al domicilio de D. Antonio Nadal y Darrer.= Juan Bautista Roman Roman Cros & Cia. Entregada en treinta y uno Marzo.= J.M.J. Cartagena, veinte y uno de Marzo de mil setecientos noventa y siete.= Por duros quatrocientos reales. A ocho dias vista se servirá Vm. Mandar pagar por esta segunda de cambio (no habiendolo hecho por la primera) a la orden e D. Manuel Gonsales Fariñas duros, quatrocientos con exclusión de vales reales en oro, u plata valor recivido de dicho Señor que anotará en cuenta, según aviso de.= Domingo Roman.= A D. Juan Bautista Roman Cros & Cia. Guarde Dios muchos años. Alicante pagadera en Barcelona.= La primera se hallará acetada en casa D. José de Miláns & Cia.= Gaguese a la orden de D. Joseph Archs Cartagena feha tu retro.= Manuel Gonzalez Fariña.= Y vistas y lehidas dichas letras por el relatado D. Antonio Nadal y Darrer, dixo: Que no queria pagarlas por los motivos que excivirá a los acetantes de la primera de ellas, y el referido Pou protestó contra dicho D. Antonio Nadal, librador de dicha letra, endozante, acetante de ella, y demas que tenga derecho de todos daños, gastos, perjuicios, intereses, cambios, recambios, y demas que por falta de pago se seguiran, y pueden seguir a dicho Joseph Arch su principal. Y para que conste a pedimento del proprio Joaquin Pou yo el infro escrivano lo pongo por diligencia, de que doy fee.
Joseph Ubach.