Saga Bacardí |
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PROTESTO DE CAMBIABLE DE RIBAS, CONTRA ANTONIO NADAL Y DARRER |
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En la ciudad de Barcelona a los diez y ocho dias del mes de Abril del año mil setecientos noventa y siete. Matheo Ribas vezino y del comercio de esta ciudad, constituido personalmente en las casas de las propria habitación de D. Antonio Nadal y Darrer vezino y del comercio de la presente ciudad que se halla en la calle dels Flasaders, a fin de cobrar el importe de las letras, por su ausencia presentó ---dependientes las primera y segunda letra de cambio que son del thenor siguiente:
J.M.J. Cartagena. Primero de Abril de mil setecientos noventa y siete. Por duros quinientos Rs. Ms.. A quinze dias fecha pref. se servirá Vm. mandar pagar por esta primera de cambio a la orden de D. Mathias Ribas, duros quinientos con exclusión de vales reales, en oro o plata valor recivido del Patron Damian Font, que anotará Vm. en cuenta según aviso de .= Domingo Roman.= A D. Juan Bautista Roman Cros & Cia. guaarde Dios muchos años.= Alicante pagadera en Barcelona.= Corriente al domicilio de D. Antonio Nadal y Darrer; Alicante dos de Abril de mil setecientos noventa y siete, por duros quinientos Rs. Ms. .= A quinze dias fecha Pref.. se servirá Vm. mandar pagar por esta segunda de cambio (no habiendolo hecho por la primera) a la orden de D. Matheo Ribas, durosn quinientos con exclusión de vales reales, en oro o plata, valor recivido del Patron Damian Font, que anotará Vm.en cuenta, según aviso.= de Domingo Roman.= A D. Juan Bautista Roman Cros & Cia. guarde Dios muchos años.= Sda. Alicante pagadera en Barcelona.= La primera se hallará acetada en casa D. Antonio Nadal y Darrer.=
Y vistas y lehidas als letras por el dependiente del nombrado Nadal Darrer librador de la mismas letras, acetante de la primera de ellas, y demas que tengan derecho de todos daños, gastos, perjuicios, intereses, cambios, recambios y demas que por falta de pago de dicha letras se les seguirá y puede seguir; y para que conste a pedimento del proprio Matheo Ribas, yo el infro escribano lo pongo por diligencia de que doy fe.
Joseph Ubach.