Saga Bacardí |
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ESCRITURA DE PODERES HACIA LOPEZ, EN TORTOSA, POR ANTONIO NADAL Y DARRER. |
En la ciudad de Barcelona a los seis días del mes de Agosto del año mil ochocientos y dos.
Sepase. Que D. Antonio Nadal y Darrer familiar del número del Santo Oficio de la Inquisición y comerciante matriculado de esta ciudad de Barcelona en la misma ciudad domiciliado. De su libre alvedrio y cierta sciencia otorga que da todo su poder cumplido general y tan amplio como por derecho se requiera y sea menester a Joachin Lopez notario causídico colegiado de número de la ciudad de Tortosa, aunque ausente como su fuere presente. Paraque en nombre del otorgante y en representación de su persona, voz, acción y derecho pueda recibor y cobrar qualesquiera cantidades de dinero, frutos, generos y efectos que al otorgante se devan en qualquier parte y por qualquier motivo. Y de lo que reciviere y cobrare pueda otrogar qualesquiera cartas de pago con cesión de derechos o sin ella, recibos, finiquitos y los demás resguardos que fueren de dar.
Otro su: Paraque pueda comparecer y comparezca en qualesquiera tribunales eclesiásticos y seculares y en ellos introduzca prosiga y finalize qualesquiera pleytos y causas, activas y pasivas, principales y de apelación, movidas y para mover, largamente con el acostumbrado curso de pleytos, jure de calumnia, preste cauciones juratorias y de fiaduria, onste execuciones, sequestros, embargos y desembargos, ventas, trance y remate de bienes, oyga autos interlocutorios y sentencias definitivas, lo favorable consienta y de lo contrario suplique y apele, y haga todo lo demás que para dichos pleytos y su amplísimo curso se requiera, según el estilo de los tribunales done se siguieren, sun limitación alguna. Y con la facultad de substituir este poder en quanto a pleytos tansolamente a qualesquiera personas, y revocarlas a su arbitrio. Y generalmente en razón de todo lo referido su anexo y depediente haga y practique el apoderado y sus substitutos quanto conceptuaren oportuno y lo mismo que podría hallándose presente el Señor otorgante, el qual promete estar a juicio, pagar lo juzgado y haver por valido y perpetuamente estable quanto por el mismo apoderado y sus substitutos será hecho y executado, y no revocarlo en tiempo ni por motivo alguno, baxo la obligación de todos sus bienes muebles, sitios y rahizes, presentes y futuros, con toda renunciación necesaria. En cuyo testimonio el nombrado Señor otorgante (al qual el infrascrito escribano doy fe conozco) lo firma de su mano. Siendo testigos el Dr. Raymundo Costa y Francisco Xavier Arnús, escribiente, ambos en esta ciudad de Barcelona habitantes.
Antonio Nadal y Darrer, Ante mi Thomas Gibert escribano publico de número de Barcelona.