Saga Bacardí
02195
ESCRITURA DE RECONOCIMIENTO DE CENSO EN CALLE CANUDA, DE ESCOBET, HACIA ANTONIO NADAL Y DARRER.


Sepase como yo Francisco Escobet, maestro zapatero, vecino de esta ciudad, mediante el juramento infro confieso y en verdad reconosco a Don Antonio Nadal y Darrer comerciante de esta ciudad, auique ausente y el infro escribano por el presente y estipulante, que por los títulos infros tengo y poseho en la presente ciudad y calle nombrada de la Canuda, todas aquellas casas con una puerta abriendo en dicha calle con todos sus derechos y pertenencias, las que se tienen o mas bien las tengo por el dicho D. Antonio Nadal como sucediendo al Real Fisco y Camara en virtud de venta que a su favor otorgó el Señor D. Joseph Caetano Garcini de Salamó, del Consejo de Su Magestad, su Ministro Honorario en el crimen de esta Real Audiencia, Alcalde Mayor primero de tercera clase, teniente Corregidor y Subdelegado de Bienes Mostrencos, vacantes y ab intestato de esta ciudad y su distrito con escritura en poder del infro escribano a los veinte de Junio de mil ochocientos y tres, que queda aprobada por Su Magestad. Y el Real Fisco como a sucediendo a los herederos o sucesores de Galcerán Carbó en virtud de adjudicación de veinte y dos Octubre de mil setecientos noventa y ocho hecha en los autos que en el Tribunal de la Subdelegación de dichos bienes se han seguido a instancia Fiscal para el hallazgo de los referidos herederos y successores del expresado Galceran Carbó por el oficio del infro escribano al censo de nueve sueldos inclusa su corresponsión deducida ella de cino sueldos anualmente pagaderos en el dia de Navidad. Y el dicho D. Antonio Nadal como a sucediendo en fuerza de los títulos expresados a los dichos herederos y sucesores de Galceran Carbó las tiene por el Monasterio de Santa Ana de esta ciudad, y bajo dominio y alodio del mismo al censo de quatro sueldos anualmente pagaderos en el dia de la Navidad del Señor. Y me espectan las referidas casas como a padre y legitimo administrador de Mariano, Nicolas y María Francisca hijos comunes a mi y a mi difunta consorte María Rosa Bayona muerta ab intestato, a la que espectaban como a heredera y conataria universal de Mariano Bayona zapatero su padre en fuerza de la donación que este a su favor nizo en el primero de los capítulos matrimoniales que por razón de nuestro matrimonio se otorgaron en poder de Joseph Ribas y Granes escribano de esta ciudad, y según me parece a los diez y siete Marzo mil setecientos sesenta y tres. Al dicho Mariano Bayona espectaban como a heredero universal de Rosa Bayona viuda de Francisco Bayona revendedor su madre, por esta instituido con su ultimo testamento que otorgó ante Gerardo Ferrusola notario publico Real colegiado de esta ciudad a veinte y quatro Marzo mil setecientos treinta y ocho. Y a la dicha Rosa Bayona espectaban en virtud de establecimiento que a su favor otorgaron Jayme Elias albañil y María Elias consortes con escritura en poder de Jacintho Cortés escribano publico y Real colegiado, de esta ciudad a los veinte y ocho de Octubre de mil setecientos treinta y dos. Y las dichas casas lidan por occidene, con los sucessores de Manuela Vilanova; por mediodía con la calle de la Canuda; por poniente con honores de Pedro Major; y por cierzo con honores de Antonio Tort tabernero, todos vecinos de esta ciudad. Y afirmo y juro que las susodichas cosas son verdaderas y ciertas en el nombre va expresado. En cuio testimonio así lo otorgo y juro el dicho Francisco Escobet, a quien yo el escribano doy fe conozco, en esta ciudad de Barcelona a los veinte Setiembre del año del Nacimiento del Señor de mil ochocientos cinco. Siendo presentes por testigos Francisco Miquel y Joseph Ignacio Prats escribientes, vecinos de esta ciudad.
Francisco Escobet, Ante mi Salvador Fochs y Broquetas escribano por ausencia de Joseph Ignacio Lluch escribano.