Saga Bacardí
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PROTESTO DE CAMBIABLE CONTRA TUSQUETS, POR ANTONIO NADAL Y DARRER.


En la ciudad de Barcelona a los dos dias del mes de Enero del año mil ochocientos y siete. Jayme Pedrisa otro de los dependientes de D. Antonio Nadal y Darrer vecino y del comercio de esta ciudad, con comisión y orden de dicho Señor, constituido personalmente en las casas de la propia habitación de los Señores D. Mgin Tusquets & Cia. tambien de este comercio, a fin que dichos Señores pagasen la letra baxo inserta, les presentó la letra de cambio que es como sigue.=
J.M.J. Mora de Ebro tres Diciembre mil ochocientos y seis. L. mil en oro u plata.= A ocho dias vista pagaran Vm. por esta primera de cambio a la orden de D. Joseph Ripoll, mil libras ardite en oro u plata, y no vales reales, valor entendido con dicho Señor que sentará Vm. según aviso.= Joaquin Piñol e Hijo.= A D. Magin Tusquets & Cia. Barcelona.= Acaptada por el honor de la firma de los Señores de Dorio D. Lorenzo Pons & Cia. de Reus.=. Barcelona veinte y tres Diciembre mil ochocientos y seis..= B.P. Gil, Fabra y Bartola.= paguese a la orden de D. Lorenzo Pons & Cia. valor recivido de dichos Señores. Reus seis Diciembre de mil ochocientos y seis.= José Ripoll.= Paguese a la orden de D. Andres Puig valor en cuenta con dichos Señores. Reus, seis Diciembre mil ochocientos y seis.= Lorenzo Pons & Cia.= Paguese la la orden de D. Juan Mensa, valor recivido de dicho Señor. Lerida a ocho de Diciembre de mil ochocientos y seis.= Andreu Pla.= Paguese a la orden de D. Ignacio de Orellana, valor en cuenta con dicho Señor. Lerida a diez de Diciembre de mil ochocientos y seis.= Juan Mensa.= Paguese a la orden de D. Antonio Nadal y Darrer, valor recivido de los Señores Viuda de Lassale e Hijos. Valencia veinte Diciembre mil ochocientos y seis.= Ignacio de Orellana.=
Y vista dicha letra por los citados Señroes Tusquets, dixeron: Que no la pagan por los motivos a los libradores. Y el expresado Pedrisa Protestó contra dichos Señores Tusquets, contra los libradores de dicha letra, endozantes y demas que tengan derecho de todo daño, gasto, perjuicio, intereses, cambios, recambios y demas que por falta de pago de dicha letra se seguiran, y pueden seguir a sus principales. De todo lo que el referido pedrisa ha requerido a mi el escribano, formase la presente publica escritura, y que dé ella a él y demas que convenga, entregase copia autentica. Lo que fue hecho en esta ciudad de Barcelona en los dia, mes y año arriba notados. Siendo presentes por testigos Miguel Casadas, y Francisco Rius ambos de este comercio.
Seguidamente, el propio Pedrisa en fuerza de dicha comisión pasó a las casas de la propia habitación del Dr. Gil, Fabre y Bernola, Corredor Real de Cambios, vezino de esta ciudad a fin que dicho Señor pagase la sobredicha letra, y la presentó a un dependiente suyo, por ausencia de dicho Señor Fabre, quien después de haberla visto, dixo: Que mediante el antecedente protesto la pagaria por honor de la firma de los Señores Pons & Cia., otro de sus endozantes, como en efecto la pagó. Y confesó dicho Padrisa haver recivido dicho importe en dinero de contado realmente, y de hecho a todas sus voluntades, por lo que renunciando a la excepción de no ser recivido, ni contado el dinero, le otorga de dicho importe la correspondiente carta de pago,c on cession de los derechos de su principal, sin empero garantia alguna de su parte. De todo lo que el propio Padrisa ha requerido a mi el escribano, formase la presente publica escritura, y que dé ella a él y demas que convenga, entregase copia autentica. Lo que fue hecho en esta ciudad de Barcelona en los dia, mes y año arriba notados. Y dicho requirente (conocido del infro escribano) lo firmó. Siendo presentes por testigos Francisco Solanich tendero, y Jayme Mas Vidal texedor de velos, ambos en esta ciudad residentes.
Jaime Padrisa, Ante Joseph Ubach.