Saga Bacardí
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ESCRITURA DE PROTESTO DE CAMBIABLE DE ALIBERCH, CONTRA JOSÉ MONTOBBIO.


En la ciudad de Barcelona a los veinte y seis dias del mes de Julio del año mil ochocientos y cinco. Joseph Alibarch vecino y del comercio de esta ciudad, portador de la infra letra, constituido personalmente en los estudios del despacho del infro escrivano que se hallan en la calle de Jupí, junto con Joseph Montobbio también de este comercio, a fin de cobrar de dicho Señor el importe de la letra baxo inserta, le presentó la letra de cambio que es como sigue.= Génoa a tre Lugio mila oto cento cinque. Per pezzi forti cento otto effetivo novi di Spagna.= A giorni otto vista pagate per questa seconda di cambio (una sol'volta) all'ordine S.P. Del Signor Agostino Pisaca pezzi cento otto forti effetivi nuovi di Spagna valuta avuta del medesimo e ponete como vi si avvisa. Addio.= Pietro Andista di Francesco Mascandi.= Al Signor Giuseppe Montobbio, Barcellona.= Al bisogno di Signori Campí & Brocca.= Y vista dicha letra por el expresado Montobbio dixo: Que no la paga por falta de aviso. Y el expresado Aliberch protestó contra dichos Señor, contra el librador de dicha letra, y demas que tenga derecho de todos daños, gastos, perjuicios, intereses, cambios, recambios y demas que por falta de pago de dicha letra se le seguiran y pueden seguir. De todo lo que el propio Aliberch ha requirido a mi el escrivano, formase la presente publica escritura, y que de ella a el, y demas que convenga, entregase copia autentica. Lo que fué hecho en esta ciudad de Barcelona en los dia, mes y año arriba notadis. Siendo presentes opr testigos Mateo Lugan, y Pedro Brullet escrivientes residentes en esta ciudad.
Seguidamente para el propio de cobrar en importe de la referida letra, el propio Aliberch pasó a las casas de la propia habitación de los Señores Campí & Brocca, y les presentó dicha letra quienes despues de haverla visto, dixeron: Que no la pagan por los motivos escritus. Y el expreasdo Aliberch protestó contra dichos Señores Campí & Brocca, contra el librador de la letra, y demas que tenga derecho de todos daños, gastos, perjuicios, intereses, cambios, recambios y demas que por falta de pago de dicha letra se seguiran, y pueden seguir. Se todo lo que el propio Aliberch ha requirido a mi el escrivano formase la presente publica escritura, y que de ella a el, y demas que covnenga, entregase copia autentica. Lo que fué hecho en esta ciudad de Barcelona en los dia, mes, y año arriba notados. Y dicho requirente (conocido del infro escrivano) lo firmó. Siendo presentes por testigos Jose Albericio y Joseph Ponsari ambos dependientes de dichos Señores Campí, y Brocca.
Joseph Aliberch, Ante Joseph Ubach.