Saga Bacardí
02315
PROTESTO DE CAMBIABLE CONTRA CORNET, POR ANTONIO DODERO.


En la ciudad de Barcelona a los veinte y dos dias del mes de Enero del año mil ochocientos y siete. Ambrosio Parodi otro de los dependientes del Señor D. Antonio Dodero, vecino y del comercio de esta ciudad, constituido personalmente en las casas de la propia habitación de D. Antonio Cornet e Hijo, tambien de este comercio que se hallan en la Plaza de la Cucurella, a fin de que dichos Señores hiciesen el deposito de capital que que comprende la infra letra, a fin que lo tengan a disposición de la segunda, les presemtó la letra de cambio que es como sigue.=
Genova li veinti uno Novembre milla ottocento e sei. Per pezzi mille novanta tre, da otto reali platta vecchia.= A uso pagate per questa prima di cambio all'ordine S.P. del Signore Girolamo Boccardo. Pezzi mille novanta tre da otto reali platta vecchia, in oro o argento effetivo esclusa qualunque carta monedata, per altra cambiata col medemo, e ponete come vi si avvisa, addio.= Giacomo Roigle Generi.= Alli Signori Antonio Cornet e Figlio, Barcellona.= Corriente.= Cornet e Hijo.= E per me all'ordine S.P. del Signori Pasquale Incola, Fratelli, Vassallo & Cia. valuta in conto. Genova ut retro.= Gino Boccardo.=
Y vista dicha letra por dichos Señores Cornet e Hijo, dixeron: Que estan presentes para pagar, o hacer el deposito quanto lo mande el tribunal de comercio, y siempre que se presente la segunda endozador en debida forma. Y el expresado Parodi protestó contra dichos Cornet e Hijo, contra el librador e dicha letra, endozante y demas que tengan derecho de todo ddaño, gasto, perjuicio, intereses, ambios,r ecambios y demas que por falta de dicho desposito se segiran y pueden seguir a dichos sus principales. De todo lo que el propio Parodi ha requerido a mi el escribano, formase la presente publica escritura y que dé ella a él y demas que convenga, entregase copia autentica. Lo que fue hecho en esta ciudad de Barcelona en los dia, mes y año arriba notados. Y dicho requirente (conocido del infro escribano) lo firmó. Siendo presentes por testigos Jayme Guiusava y Joseph Ribas ambos de estec omercio.
Ambrosio Parodi, Ante Joseph Ubach.