Saga Bacardí
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ELEVACIÓN A PUBLICO DE VALE, PAGABLE POR SABATER, A FAVOR DE JOSÉ MONTOBBIO.


En la ciudad de Barcelona a los quince dias del mes de Septiembre del año mil ochocientos y ocho. Joseph Montobbio, vecino y del comercio de esta ciudad, constituido personalmente en los estudios del despacho del infro escribano que se hallan en la calle den Jupí, ha requerido a mi el infro escribano, ejemplificase, y continuase esta escritura el vale, o pagaré a su favor firmado, la firma del qual se halla certificada por dos comerciantes de esta plaza junto con su endozzo cuyo tenor a la letra es como sigue.=
Vale de quinientas treinta y cinco libras, quinze sueldos, y seis dineros moneda de ardite que yo Miguel Sabater abaxo firmado, pagaré a la orden de D. Jospeh Montobbio del dia de la fecha a seis meses valor recibido de dicho Señor en mercaduria de cuyo me ha entregado cuenta por menor, y quedando satisfecho de su precio, calidad, peso, y tara, prometo satisfacerle dicha cantidad en una sola paga en moneda efectiva de metal de oro, u plata
excluida toda especie de papel amonedado, creado y para crear, sin perjuhicio ni retardo alguno, renunciando domicilio, y vecindad. Sujetándose al fuero y jurisdiccióndel Ilustre tribunal de la Lonja de Mar de la presente ciudad, para lo que firmo el presente en Barcelona a los veinte y ocho Enero mil ochocientos y ocho.= Son quinientas treinta y cinco, quince sueldos, y seis dineros.= Miguel Sabater, los mismos presentes comerciantes de esta plaza, certificamos verdadera la firma arriba puesta, Barcelona quinze Septiembre mil ochocientos ocho.= Nicolas Rovira.= Bernardino Catalá.= Paguese a la orden de D. Francisco Xavier Bugaya, Barcelona quince Septiembre mil ochocientos y ocho.= Joseph Montobbio. De todo lo que dicho Montobbio ha requirió a mi el infro escribano, formase la presente publica escritura, y que dé ella a él y demas entregase copia autentica. Lo que fue hecho en esta ciudad de Barcelona en los dia, mes y año arriba notados. Y dicho requirente (conocido del infro escribano) lo firmó. Siendo presentes por testigos Ramon Ubach, y Antonio Sans residentes en esta ciudad.
Joseph Montobbio, ante Joseph Ubach, y por su ausencia con intervención de mi Antonio Ubach y Claris su connotario.