Saga Bacardí
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ESCRITURA DE PODERES HACIA DODERO EN GENOVA, POR JOSÉ MONTOBBIO.


Ante mi el escribano, testigos baxo nombrados compareció el Señor Josef Montobbio, comerciante, residente en esta ciudad de Barcelona, Reyno de España, el qual de su espontanea voluntad, a constituido y establecido por su procurador actor, y factor general, y especial la una qualidad no derogando a la otra, a saber, al Señor Josef Antonio Dodero, quendan Sebastian, ersidente en la ciudad de Genova, ausente, como si fuese presente, para que quedando como quedan ratificados todos y qualesquiera poderes por el hechos hasta el presente, pueda interponer qualesquier apelaciones ante el Senado de dicha ciudad de Genova y en los demás tribnales que convenga sobre todos, y qualesquiera pleytos, y causas principalmente el pleito que el otorgante tiene pendiente con los Señores Hermanos Codevilla freogreso, exponiendo quanto sea conveniente a los intereses del compareciente, hacer y promover sequestros, y cancelarlos, nombrar depositarios, e instar que se nombren, presentar testigos, escritos, y quanto será menester para el curso de las apelaciones según estilo de dichos tribunales, con facultad de substituir este poder quando sea necesario, Y finalmente hacer quanto dicho compareciente haría siendo presente. Prometiendo estar a juicio, pagar lo juzgado, y haber por firme y seguro quanto por dicho constituydo será obrado baxo especial hipoteca de todos los bienes de dicho Señor otorgante muebles, y sitios presentes, y venideros, con el amplísimo curso de aquellos en la forma fiscal, y crimenal con todas las ratificaciones de estilo. En fe del que ha otorgado la presente escritura en esta coidad de Barcelona a los trece días de Agosto de mil ochocientos diez y seis, y el dicho otorgante, conocido del infro escribano, lo firma, siendo presentes por testigos Don Jacinto Soler y Franco Huguet en esta ciudad residentes.
Josef Montobbio, Ante mi Antonio Ubach y Claris notario.