Saga Bacardí |
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ESCRITURA DE PODERES HACIA DODERO EN GENOVA, POR JOSÉ MONTOBBIO. |
Ante mi el escribano, testigos baxo nombrados compareció el Señor Josef Montobbio, comerciante, residente en esta ciudad de Barcelona, Reyno de España, el qual de su espontanea voluntad, a constituido y establecido por su procurador actor, y factor general, y especial la una qualidad no derogando a la otra, a saber, al Señor Josef Antonio Dodero, quendan Sebastian, ersidente en la ciudad de Genova, ausente, como si fuese presente, para que quedando como quedan ratificados todos y qualesquiera poderes por el hechos hasta el presente, pueda interponer qualesquier apelaciones ante el Senado de dicha ciudad de Genova y en los demás tribnales que convenga sobre todos, y qualesquiera pleytos, y causas principalmente el pleito que el otorgante tiene pendiente con los Señores Hermanos Codevilla freogreso, exponiendo quanto sea conveniente a los intereses del compareciente, hacer y promover sequestros, y cancelarlos, nombrar depositarios, e instar que se nombren, presentar testigos, escritos, y quanto será menester para el curso de las apelaciones según estilo de dichos tribunales, con facultad de substituir este poder quando sea necesario, Y finalmente hacer quanto dicho compareciente haría siendo presente. Prometiendo estar a juicio, pagar lo juzgado, y haber por firme y seguro quanto por dicho constituydo será obrado baxo especial hipoteca de todos los bienes de dicho Señor otorgante muebles, y sitios presentes, y venideros, con el amplísimo curso de aquellos en la forma fiscal, y crimenal con todas las ratificaciones de estilo. En fe del que ha otorgado la presente escritura en esta coidad de Barcelona a los trece días de Agosto de mil ochocientos diez y seis, y el dicho otorgante, conocido del infro escribano, lo firma, siendo presentes por testigos Don Jacinto Soler y Franco Huguet en esta ciudad residentes.
Josef Montobbio, Ante mi Antonio Ubach y Claris notario.