Saga Bacardí |
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ESCRITURA DE PROTESTO DE CAMBIABLES CONTRA FIGUERAS, POR ANTONIO NADAL Y DARRER. |
En la ciudad de Barcelona a los siete días de Diciembre de mil ochocientos diez y seis. Francisco Cañelles con comisión y orden de Don Antonio Nadal y Darrer de este comercio, constituido personalmente junto conmigo en infro escribano en las casas de la propia habitación de Don Mariano Figueras y Pou, asi mismo de este comercio a fin de cobrar de dicho Señor el importe de las letras baxo insertas le presentó las letras de cambil que son coo siguen.=
Madrid, y Octubre ocho de de mil ochocientos diez y seis. Por pesos mil doscientos efectivos. A setenta días fecha mandará Vm. pagar por esta segunda de cambio, no habiéndolo hecho por la primera, a la orden de Don J.A. Mendizabal mil doscientos pesos fuertes en efectivo valor recibido de dicho Señor que sentará Vm. según aviso de.= Diego Oconnot.= A Don Mariano Figueras y Pou, Barcelona.= Paguese a la orden del Señor Don Vicente Bertran de Lis, valor recibido de dicho Señor. Madrid, ut retro.= J.A. Mendizabal.= Paguese a la orden del Señor Don Agustin Butter, valor en cuenta de dicho Señor.= Madrid, fecha ut retro.= Vicente Bertran de Lis.= Paguese a la orden de D. Ignacio Casal, valor de los Señores, Cadiz veinte y cinco de Octubre de mil ochocientos diez y seis.= Agustin Butter, páguese a la orden de Don Leon Gatell, valor en cuenta, ut supra.= Ignacio Casal.= Paguese a la orden de Don Antonio Nadal y Darrer, valor recibido de contado de dicho Señor. Barcelona nueve Noviembre mil ochocientos diez y seis.= Leon Gatell, la primera acetada en casa D. Vicente Cavanilles, a quien en caso necesario por J.M.M..= Corriente en honor de la firma del librador.= Vicente Cavanilles.= Madrid Octubre ocho de mil ochocientos diez y seis, por pesos fuertes mil seiscientos efectivos. A sesenta días fecha mandarán Vm. pagar por esta por esta segunda de cambio (no habiéndolo hecho por la primera) a la orden de Don J.A. y Mendizabal mil seiscientos pesos fuertes, valor recibido de dicho Señor que sentará Vm. según aviso de.= Diego Ocnnor.= A Don Mariano Figueras y Pou, Barcelona.= Paguese a la orden del Señor Don Vicente Bertran de Lis, valor recibido de dicho Señor, Madrid ut retro. J.A. y Mendizabal.= Paguese a la orden del Señor Don Agustin Butter, valor en cuenta con dicho Señor. Madrid, fecha ut supra.= Vicente Bertran de Lis.= Paguese a la orden de Don Ignacio Casal, valor de dicho Señor, Cadiz veinte y cinco de Octubre mil ochocientos diez y seis.= Agustin Butter.= Paguese a la orden de Don Leon Gatell en cuenta valor ut retro.= Ignacio Casal.= páguese a la orden de Don Antonio Nadal y Darrer, valor recibido de dicho Señor, Barcelona nueve Noviembre de mil ochocientos diez y seis.= Leon Gatell. La primera acetada en casa Don Vicente Cavanilles a quien en caso necesario por J.A.M.= Con este por honor de la firma del tirador.= Vicente Cavanilles.= Madrid y Octubre ocho de mil ochocientos diez y seis. Por pesos mil nuevecientos efectivos. A sesenta días fecha pagará Vm. pagar por esta segunda de cambio, no habiéndolo hecho por la primera a la orden de Don J.A. y Mendizabal, mil nuevecientos pesos fuertes, efectivos valor recibido de dicho Señor, que sentará Vm. según aviso de.= Diego Ocnnor.= A Don Mariano Figueras y Pou, Barcelona.= Paguese a la orden del Señor D. Vicente Bertran de Lis, valor recibido de dicho Señor, Madrid fecha ut retro.= J.A. y Mendizabal.= Paguese a la orden del Señor Don Agustin Butter, valor en cuenta con dicho Señor, Madrid fecha ut retro.= Vicente Bertran de Lis.= Paguese a la odren de Don Ignacio Casal, valor de dicho Señor.= Cadiz veinte y cinco Octubre mil ochocientos diez y seis.= Agustin Butter.= Paguese a la orden de D. Leon Gatell, valor en cuenta.= Ignacio Casal.= Paguese a la orden de Don Antonio Nadal y Darrer, valor recibido de contado de dicho Señor, Barcelona nueve Noviembre mil ochocientos diez y seis.= Leon Gatell.= La primera acetada en casa Don Vicente Cañelles.= A quien en caso necesario por J.A.M.:= Consiente en honor de la firma del tirador, Vicente Cavanilles.=
Y vistas dichas letras por el expresado Don Mariano Figueras y Pou dixo: Que dexaba de pagarlas por falta de fondos, por lo que el citado Francisco Cañellas protestó contra dicho Figueras y Pou, contra del librador, endosante y demás que tengan derecho de todos daños, gastos, perjuicios, intereses, cambios recambios y demás que por falta de pago se seguirán y podrán seguir a su principal.
Inmediatamente para el mismo fin pasó junto conmigo el inro escribano en las caas de la propia habitación de Don Vicente Cabanilles, y se las presentó, y después de haberlas visto, dixo: Que no las pagaba porque el que rogó que honrase su firma en la acetación, no había cumplido la palabra de hacerle los fondos como se le tenia prometido, que no hallándose en la actualidad cn fondos no podía suplirlos como lo hubiera hecho por delicadeza, pero que estando autorizado para librar sobre Madrid, propone a los Señores tenedores letras de igual valor, a las fechas que les convenga, un pudiendo retirarlas del Señor Hocnor, hasta que se avise haber sido pagadas las que Cavanilles de Soler, Madrid.= Y el citado Cañelles dixo: Que no quería acetar letras si, si solo el pago de la que presentaba, según las ordenes de su principal, protestando contra dicho Señor Cavanilles del pago, lo mismo que arriba. De todo lo que requirió a mi el infro escribano formase la presente publica escritura, y que de ella a le y demás que convenga entregase copia autentica. Lo que fue hecho en dicha ciudad de Barcelona en la fecha ya citada. Y dicho requirente, conocido del infro escribano lo firma. Siendo presentes por testigos Don Ramon Nin y Estevan Subirachs en esta ciudad residentes.
Francisco Cañellas, Ante mi Antonio Ubach y Claris notario.