Saga Bacardí
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ESCRITURA DE PODERES HACIA MIGUEL CUYÁS Y ARTIGAS, POR ROSA SAGNIER Y VIDAL
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Sepase por esta publica escritura, como Da. Rosa Sagnier y Vidal, viuda de D. Luis Sagnier del comercio que fue de esta ciudad de Barcelona, en su nombre proprio, como en el de heredera universal que se halla ser (según se firma) de D. Juan Bautista Vidal, tambien del comercio que fue de esta ciudad, su difunto padre. De su libre alvedrio y cierta ciencia otorga que da todo su poder cumplido tan vastante como de derecho se requiere y es necesario, de modo que la especialidad no derogue a la generalidad no esta a aquella al Dr. D. Miguel Cuyás y Artigas notario Real y causidico, vezino de la susodicha ciudad, aunque ausente. Para que por el Sr. otorgante, pueda compadecer ante qualesquier Sres. juezes, justicias, audiencias, consulados, curias, tribunales eglesiasticos y seglares, y en ellos intentar, proseguir y terminar qualesquier pleytos u causas, activas y pasivas, principales y de apelacion, movidas y para mober largamente, con el acostumbrado curso de pleytos y casas. Facultad expresa de hazer requirimientos, replicar y responder a otros, poner embargos y desembargos, jurar de calumnia, prestar cauciones juratoriasy de fiadurias, exponer clamos y reclamos, intar execucionbes, y hazer todo lo demas que en orden a dichos pleytos y causas se requiera, según el estilo de los mismos tribunales. Consediendole tambien facultad especial de que pueda substituir este poder a las personas de su satisfaccion, rebocar los substitutos y nombrar otros, siempre y quando le pareciere. Y generalmente en orden a lo susodicho, executar doto lo que la Sra. otorgante podria hazer si fuese presente. Prometiendo como promete estar a juizio, pagar lo juzgado, y tener por firme esteble y valedero quanto en virtud de este poder se obrare son cvontravenirlo no revocarlo en tiempo no por motivo alguno, bajo obligacion de todos sus bienes, con las renuncias de leyes y derechos de su fabor. En cuyo testimonio assi lo otorga en la ciudad de Barcelona a nueve dias del mes de Junio, año del Nacimiento del Señor de mil ochocientos diez y nueve. Siendo presentes por testigos, Jaime Rigalt y Alberch, practicante la facultad de notaria publica, Mariano Riera, y José Rigalt y Alberch, escrivientes, habitantes en esta ciudad.
Rosa Sagnier y Vidal viuda, Ante mi Jaime Rigalt y Estrada notario escrivano, que doy fe conosco a la Sra. constituiente.