Saga Bacardí
02511
ESCRITURA DE PODERES HACIA ARAJO, POR ROSA Y ANTONIO NADAL Y VICENT.


Da. Rosa Nadal y Vicent viuda de D. Antonio Nadal y Darrer, hacendado y del comercio que fué de esta ciudad, y D. Antonio Nadal y Vicent también hacendado, y del comercio madre e hijo vecinos de la misma. Espontaneamente otorgan juntos y asolas en cualquier nombre que de derecho les corresponda, poder cumplido a D. Francisco Xavier Arajo notario causidico del número, y colegio de la Audneicna Territorial de esta Provincia vecino de la presente ciudad ausente paraque representando la persona, accion y derecho de los Señores otorgantes, y del otro de los dos, pueda declarar a nombre de los mismos Señores otorgantes bajo juramento, que no solamente no tienen en su poder la libreta o libretas no otros papeles de que hibiese podido sacarse le haber de D. Antonio Nadal y Darrer de veinte y nueve mil duscientas ochenta y una libra doce sueldos, y siete dineros en treinta y uno Diciembre del año de mil ochocientos siete en la negociación seguida con Pedro Arderiu, Subirá & Cia. Si que ni tienen otros papeles relativos a dicha negociación que las cuentas de corredor que el mismo D. Antotnio Nadal y Vicent confesó tener en su respuesta al capitulo diez y ocho de los que presentó Pedro Arderiu en treinta y uno Enero del año mil ochocientos veinte en la causa sigue contra dichos Señores otorgantes en el Colsulado Nacional de Comercio de esta ciudad; y generalmente pracique en razón de lo referido, lo que por los susodichos Señores otrogantes, y el otro de ellos se haria, y hacer podria hallandose presentes, prometiendo estar a derecho, pagar lo juzgado y tener por valido lo que por el referido su apoderado en razón de lo que queda mencionado será practicado, y no rebocarlo bajo obligación de todos sus bienes muebles y sitios presentes, y futuros, con renuncia a las leyes de su favor, y a la que prohibe la general renunciación. Y así lo otogan en la ciudad de Barcelona a cinco Mayo del año mil ochocientos veinte y dos, presentes por testigos Juan Suñer y Salvador Muntalt vecinos de dicha ciudad, y de los Señores otorgantes, conocidos del infro notario firma dicho D. Antonio Nadal y Vicent, y por la Señora Da. Rosa Nadal y Vicent que ha dicho no podia firmar por imposibilidad de la vista, firma por ella de su consentimiento otro de dichos testigos.
Por dicha Da. Rosa Nadal y Vicent, Salvado Muntant testigo, Antonio Nadal y Vicent, Ante mi Juan Prats notario.