Saga Bacardí
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ESCRITURA DE PAGO DE JARPÍ HACIA EL BANCO VITALICIO, ACTUA COMO TESORERO ANTONIO NADAL Y VICENT.


En la ciudad de Barcelona hoy que contamos a los tres dias del mes de Julio año del Nacimiento del Señor de mil ochocientos veinte y dos. El Señor D. Antonio Nadal y Vicen tesorero de la Compañia dl Banco de Vitalicio establecida en esta ciudad. De su buen grado y espontanea voluntad confiesa y en verdad reconoce a la Señora Da. Maria Raimunda de Jalpí y de Prats viuda del Señor D. José de Jalpí y de Solanell en esta ciudad domiciliada como a tenutaria y usufructuaria por razón de su dote y esponsalicio y heredera citalicia de la mitat de los bienes que al morir dezó dicho su marido aunque ausente, y el infro escrivano por dicha Señora presente y aceptante. Que en el modo que abajo se dirá le ha dado, pagado y satisfecho cuatro mil trescientos sincuenta pesos en vales reales, lo quales le son y sirven en dicho nombre por semejantes que los Señores Directores de la dicha compañía y Banco prestaron al dicho Señor D. José de Jarpí según consta de la escritura de devitorio firmada por dicho Señor D. José con aprovación y consentimiento de la nombrada Señora Da. Maria Raymunda a favor de dichos Señores Directores en poder del infro escrivano en diez y ocho Marzo del año mil ochocientos quince con especial hipoteca de todas aquellas caas grandes que dichos Señores consortes poseian en esta ciudad en la calle dels Banys Nous. El modo de la paga y entrega respective de dichos vales de importe cuatro mil trescientos sincuenta pesos es que en quanto a dos mil ducientos sinquenta pesos los recibió el dicha compañía. del nombrado Señor D. José de Palpí en vales reales a cuenta de dicha deuda en diez Abril del año mil ochocientos diez y seis el que le firmó el correspondiente recibo D. Antonio Nadal y Darrer también tesorero de dicha compañía padre del Señor otorgante hoy dia difunto. Y en cuanto a los restantes dos mil cien pesos los confiesa recibir en vales reales a saber, doce de ciento sinquenta pesos, uno de ducientos y otro de cien pesos todos de la creación de primero Enero de este año que juntos comportan catorce vales reales, de mano de dicha Señora Da. Maria Raymunda de Jalpí y de Prats viuda por medio de tercera persona por real, y efectiva entrega en presencia del escrivano y testigos infros por el cumplimiento y estinción de la dicha deuda habiendose reciprocamente abonado los intereses en metalico, esto es, la dicha compañía los que llevan vencidos dichos vales hasta este di, y la dicha Señora Da. Maria Raymunda la prorrata de la pención desde diez y ocho de Marzo ultimo por razón de los que entrega. Por lo que renunciando a la excepción de no ser los dichos vales así entregados y a otras cualesquier ley y drecho de su favor. En testimoni de cichas cosas le firmá la presente carta de pago con cancelación de dicho devitorio y promesa de no pedirle cosa alguna mas en su razón queriendo que queden sin fuerza ni valor alguno las obligaciones en dicho devitorio continuadas, obligando para su seguridad los biees y redditos de dicha compañía y no los propios con todas renuncias necesarias. En cuyo testimonio el dicho Señor otorgante, conocido de mi el infro escrivano lo firma de su puño. Declarando quedar informado que de esta escritura se ha de tomar razón en el oficio de hipotecas de esta ciudad según llo provehido en la Real Pragmatica de hipotecas, siendo a ello presente por testigos D. Raymundo Ortells y Dn Manuel Pons.
Antonio Nadal y Vicents thesorero. Ante mi Joan Plana notario.