Saga Bacardí |
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ESCRITURA DE REVOCACIÓN DE PODERES HACIA VENTURA, POR ANTONIO Y ROSA NADAL Y VICENT. |
En la ciudad de Barcelona a dos Mayo del año mil ochocientos veinte y siete. Ante mi el infro notario publico real colegiado de número de dicha ciudad y testigos abajo nombraderos, ha comparcido D. Antonio Nadal y Vicent vecino y del comercio de dicha ciudad y ha dicho, que sin nota alguna de infamia ni deshonor revocaba y entendía revocar los poderes que en nombre propio habia otorgad, y en nombre o como procurador constituido de Da. Rosa Nadal y Vicent viuda de D. Antonio Nadal y Darrer también vecino y del comercio que fue d eesta ciudad, su Señora madre, con facultad de substituir, habia substituido a favor de Juan Ventura y Bofi vecino de esta ciudad, para cobrar de los inquilinos de las casas, que dichos Señores madre e hijo Nadal tienen y poseen en esta referida ciudad, el importe de los alquileres que de la misma le adeudaban, o adeudarían, con escritura otrogada ante el infro notario en quince Enero del año mil ochocientos veinte y tres, junto con todas las demás facultades y poderes en la calendada escritura concedidas al denominado Juan Ventura y Bofi, diciendo e intimando a este que de la hora presente en adelante no haga mas uso de los citados poderes y facultades bajo decreto de nulidad en caso contrario y de incurrir en la pena por el dicho establedida, habiendo requirido a mi el dicho e infro notario para que notificase, o haga notificar al insinuado Juan Ventura y Bofi de presente revocación de poderes y que de ello lleve auto. Todo lo que fue hecho en esta ciudad de Barcelona dia, mes y año arriba referido. Presentes por testigos D. Ramon Ortells y D. Jayme Donfar vecinos de la propia ciudad. Y el Sñeor requirente (conocido del infro notario) firma.
Antonio Nadal y Vicent, Ante mi Juan Prats notario.