Saga Bacardí
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ESCRITURA DE CODICILO DE ANTONIO NADAL Y VICENT
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En el nombre de Dios. Amen. Yo D. Antonio Nadal y Vicent, hacendado, vecino de Barcelona, hijo legitimo y natural de D. Antonio Nadal y Darrer, comerciante matriculado y tesorero que fue de la Real Casa Lonja de esta ciudad, y de Da. Rosa Nadal y Vicent consortes difuntos: Hallandome con perfecta salud de cuerpo y en tendimiento, memoria habla natural sabiendo que aquel puede testar le esta y permitido codiciliar antes y despues de su testamento, teniendo ya entregado cerrado al notario escribano subscrito en nueve Agosto del año proximo pasado de mil ochocientos treinta y seis, que apruebo y ratifico con el presente. Queriendo por esta particular disposición mas prevenir mi muerte acerca los cuatro titulos o plazas de corredor que me hallo tener en propiedad de las de esta Plaza y Colegio de Barcelona que adquirió mi difunto padre por titulos de ventas perpetuas hechas a su fabor por D. José Perez Quintero, quien las habia adquirido del Real Consulado del Comercio en el Real nombre de S.M. de las veinte que se crearon en el año mil ochocientos.Las que se hallan encavezadas a fabor mio en virtud de Reales Cédulas, como a heredero del prenombrado mi Sr. padre. Por ende arreglandome puntualmente a lo prevenido en la Real Cédula de cuatro de Julio mil setecientos setenta y uno, inserta en las ordenanzas del predicho Colegio de Corredores. Otorgo estos mis postreros codicilos, con las cuales mando el usufructo de dichos cuatro titulos de corredor a Da. Anna Maria Nadal y de Amat mi apreciada esposa para que usufructue sus reditos mientras mientras se conserve viuda de mi. Y para despues de los dias de esta, o de contraer segndo matrimonio, lego y mando la propiedad de las mismas cuatro corredurias, a saber: una a Da. Rosa Maignon (antes Sagnier) y Nadal consorte de D. José Maignon y Bonfils, que en primeras nubcias lo fue de D. Luis Sagnier, mi sobrina; otra a D. Luis Sagnier y Nadal; otra a D. Manuel Sagnier y Nadal; y otra a Da. Maria Asunta Sagnier y Nadal, hijos de la nombrada Da. Rosa mis resobrinos, a sus correspective libre disposicion. Concediendo como concedo facultad amplia tanto a la usufructuaria, como a los dichos propietarios,de nombrar teniente o substituto para el servicio de las mencionadas cuatro corredurias mediante Rela aprobacion. Estos son mis postreros codicilos dispositivos de las memoradas cuatro corredurias que quiero valgan por tales en el mejor modo que en derecho haya lugar, sin manifestarse ni darse copia a persona alguna hasta seguido mi fin: Que suplico humildemente a S.M. (que Dios guarde) a sus Reales Ministros y Consejos que convenga se dignen aprobarla y mandar darsele el deseado cumplimiento. En cuyo testimonio asi lo otorgo, en la ciudad de Barcelona, a diez y ocho dias del mes de Febrero, año del Nacimiento del Señor de mil ochocientos treinta y siete.Siendo presentes por testigos D. Mariano Riera y Joaquin Riera, practicantes de notaria, vecinos de esta ciudad.
Antonio Nadal y Vicent, Ante mi Jaime Rigalt y Estrada notario, que doy fe conosco al Sr. otorgante.