Saga Bacardí
02675
ESCRITURA DE PAGO DE CENSAL, POR ANTONIO NADAL Y VICENT.


D. Melchor Planas y Crehuet, D. Francisco Trias y D. Jayme Pujol todos de esta vecindad, en la calidad de obreros mayores de los que componen la Ilustre Obra de la Iglesia Parroquial de los Santos Justo y Pastor de esta ciudad, y como a tales administradores de las pias fundaciones ordenadas por D. Jayme de Requesens también vecino que fué de Barcelona en dicho nombre, de su buen grado firma apoca a faor del Señor D. Antonio Nadal y Vicent en dicha ciudad domiciliado pagando por el concurso de acrehedores de D. Ignacio Clos y Vila notario que fué de la misma y con animo de repetir y recobrar la infrascrita cantidad del mismo concurso o de quien corresponda en su caso y lugar toda cantidad de trescientas doce libras catalanas que sirven a los Señores otorgantes en la calidad con que accionan, a saber en quanto a doscientas libras por la luición y quitación de aquel censal de igual precio y pensión seis libras que todos los años el referido concurso debia hacer y prestar a la memorada administración el dia diez y ocho de Junio como a creado por Ignacio Clos tendero de lienzo y el sobredicho D. José Ignacio Clos y Vilar pedre e hijo a favor de la precitada administración según escritura que pasó por ante D. Ramon Mateu y Smandia notario de Barcelona a diez y ocho de Junio del año mil setecientos setenta y cuatro y en quanto a las restantes ciento doce libras son en pago de las veinte y ocho pensiones y prorrata hasta hoy dia discurridas del propio censal hecha gracia de la tercera parte de su importe, inclusas en ella las dos pensiones por los años de la guerra de la imdependencia y el descuento del cinquenta y seis por medio por ciento y contribuciones impuestas por el Gobierno desde el año mil ochocientos treinta y seis al de mil ochocientos treinta y nueve inclusive, en virtud de especial autorización al efecto concedida por el Ilustre Señor auditor del tribunal de testamentos y causas pias de la presente ciudad en auto de veinte y nueve de Mayo ultimo proferido en el espediente que sobre en el particular se ha onstruido de que dió fe José Antonio Jaumar escribano de aquella curia en su certificatoria librada el dia treinta del propio mes. El modo del pago de dichas trescientas doce libras es que en cuanto a doscientas se las dan por entregadas y recibidas del Señor D. Antonio Nadal mediante la presente deposito que este hizo el dia de ayer a favor de los Señores otorgantes como a tales administradores a suelta del notario infro en el archivo de la Reverenda Comunidad de Vicarios Perpetuos y Pbros, de dicho Iglesia Parroquial de San Justo y San Pastor, cuya partida aprueban y en quanto a las restantes ciento doce libras la reciben del propio del Señor Nadal por mano de tercera persona en este acto en buena moneda metalica y apresencia del infrascrito notario y testigos por lo que renunciando a la excepción del dinero en parte no recibido y demas de su favor no solo le otorgan apoca y cancelación perpetua y bastante del calendado censal así en su precio como en sus pensiones y prorratas imponiendose silencio perpetuo no solo mismo cancelando y anulando en quanto a su interes la propia escritura de censal paraque de hoy en adelante no puedan mas aprovechar a las causas Pias de Requesens. Si que también si nevicción ni obligación alguna de bienes ceden al mencionado Señor Nadal y Vicent y a quien su derecho y causa tenga derecho y acciones que a dichos Señores administradores les correspondian antes de firmarse esta escritura paraque por reclamar dicha cantidad de quien haya lugar y otramente usar de los derechos y acciones, cedidos judicial y extrajudicialmente como mejor le convenga, a cuyo fin le constituye en su procurador con promesa de lo sobre dicho tener por valido sin contravenirlo por motivo alguno. Quedan advertidos de lo prevenido por Su Magestad sobre hipotecas. En cuyo testimonio así lo firman conocidos del infro notario en Barcelona a dos de Junio de mil ochocientos quarenta. Son testigos D. Luis Montaner y D. José Cortinas vecinos de la presente ciudad.
Melchior Planas y Crehuet, Francisco Trias, Jayme Pujol, En poder de mi Salvador Clos y Gualba notario.