Saga Bacardí |
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ESCRITURA DE PAGO POR DOMINIO, POR LA VENTA ENTRE SANCH, RUBERT Y MORENO, A FAVOR DE ANTONIO NADAL Y VICENT. |
El la ciudad de Barcelona a los veinte y un días del mes de Diciembre del año mil ochocientos cuarenta.
Sepase. Que D. Antonio Nadal y Vicent hazendado, vecino de la presente ciudad, espontáneamente aprueba y firma por razón de dominio, primero, la escritura de establecimiento perpetuo otorgado por el Sr. En medicina D. Buenaventura Sanch a favor de D. Cayetano Rubert y Sarró y de Pelegrina Moreno y Fornells, viuda de José Moreno, todos vecinos de esta ciudad de todas aquellas casas viejas antiguamente separadas y hoy unidas en una sola, situada en la Plazuela de Marquillas, y en la calle por la cual se va de dicha Plazuela al llamado Pes de la Farina, y en un callejón que no tiene transito, llamado den Masadas, mas extensamente designada y lindada en dicha escritura de establecimiento, que pasó ante D. José Andreu notario publico de número de esta ciudad a los seis de Mayo del año ultimo, mil ochocientos treinta y nueve. Cuya casa en cuanto a la segunda designia de las dis de que se compone, se tiene en dominio mediano del Señor otorgante, incidiendo por medio de su padre D. Antonio Nadal y Darrer, y este por titulo de compra al Noble Señor D. Ramon Luis de Paguera de Armengol y Espuny Baron de Rocafort a la prestación del censo de veinte y ocho sueldos, anualmente pagaderos el dia de San Juan de Junio.
Secundo: Aprueba también y firma por razón de dominio la escritura de venta y absolución firmada por el mismo Dr. Sanch a favor de los referidos D. Cayetano Rubert, y Pelegrina Moreno ante el proprio notario a los ocho de Junio del mismo año del censo de tres libras que se había impuesto con el citado establecimiento. Y confiesa que por el laudemio adeudado con motivo de las dos citadas escrituras, ha recibido de D. Cayetano Rubert diez y ocho libas quince sueldos moneda barcelonesa, hecha gracia de lo demás. Los censos, laudemios, y demás derechos dominicales, tal vez adeudados siempre salvos. En cuyo testimonio el nombrado D. Antonio Nadal y Vicent, a quien el infro notario doy fe conocer, lo firma de su mano. Siendo testigo D. Ramon Ortells, y Lorenzo Codolá, vecinos de esta ciudad.
Antonio Nadal y Vicent, Ante mi Pedro Rodriguez de Alcántara notario publico de número de Barcelona.