Saga Bacardí |
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ESCRITURA DE PODERES HACIA ARUS, POR ANTONIO NADAL Y VICENT. |
En la ciudad de Barcelona a los veinte y un días del mes de Octubre del año mil ochocientos cuarenta y uno.
Sepase. Que D. Antonio Nadal y Vicent, hacendado, vecino de la presente ciudad, espontáneamente da y confiere todo su poder cumplido y tan amplio como por derecho se requiera y es necesario, a Juan Arús vecino de la villa de Sabadell, aunque ausente, como si fuese presente. Para que a nombre del Señor otorgante representando su persona, acción y derecho puede presentarse y se presente ante cualesquiera Señores Alcaldes, Juezes yTribnales, y en donde combenga, proponga cualesquiera demandas e instancias. Intente el medio de la consiliacion con facultad de elegir y llevar hombres buenos que le acompañen, y no consiliando, previo el documento que lo acredite; principie, siga y finalice cualesquiera pleitos y causas activas y pasivas, principales y de apelación, movidas y para mover largamente, según su acostumbrado curso, jure de calumnia, preste cauciones juratorias, y de fiaduria, inste execuciones, secuestros, embargos, y desembargos, venas, trances y remates de bienes, oiga autos y sentencias, lo favorable consienta y de lo contrario suplique, y apele y haga todo lo demás que para dichos pleitos y su curso se requiera, según el estilo de los Tribunales donde vertieren, sin limitación alguna. Concediendole también facultad de substituir este poder a cualesquiera personas, y revocar los substitutis a su arbitrio. Y generalmente en razón de todo lo referido, su anexo y dependiente, hagan y practique el nombrado procurador y sus substitutos cuanto conceptuaren oportuno, y lo mismo que podría siendo presente el Señor otorgante, que todo desde ahora, lo aprueba y confirma,. Y promete estar a derecho, pagar lo juzgado, y tener por valido y firme todo lo que para el nombrado procurador y sus substitutos será hecho y practicado, y no revocarlo en tiempo, ni por motivo alguno, bajo obligación de todos sus bienes y derechos, presentes y futuros, Con toda renunciación necesaria. En cuyo testimonio el mismo Señor otorgante a quien el infro notario doy fe conozco, lo firma de su mano, siendo testigos Ramon Ortells y D. Juan Rodriguez y Deop vecinos de esta dicha ciudad.
Antonio Nadal y Vicent, Ante mi Pedro Rodriguez de Alcántara, notario publico de número de Barcelona.