Saga Bacardí
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ESCRITURA DE PAGO POR DOMINIO EN LA COMPRA EN CALLE POU DE LA FIGUERA ETRE NANÓ Y VICENTA, HACIA ANTONIO NADAL Y VICENT.


En la ciudad de Barcelona a los veinte días del mes de Enero del año mil ochocientos cuarenta y tres.
Sepase. Que D. Antonio Nadal y Vicent, hazendado, vecino de la presente ciudad, espontáneamente aprueba y firma por razón de dominio la escritura de establecimiento perpetuo hecho y firmado por D. Rafael Nanó a favor de Da. Josefa Bardagí en la calidad de administradora y gobernadora de los bienes de Elvida Josefa y Vicenta, heredera universal de los bienes que fueron de D. José Aleu y Oliveró reloxero de esta dicha ciudad, adquiriendo a nombre y a utilidad de dicha menor, de todas aquelals casas, que antes eran dos diferentes, y hoy dia se hallan unidas formando una sola casa con cuatro portales exteriores, esto es dos grandes y uno pequeño en la calle de Pou de la Figuera, y uno grande en la calle de la Figuereta, estensamente designadas en la escritura de dichos establecimientos que pasó ante D. Domingo Gibert notario publico de número de esta ciudad a los veinte y cuatro de Diciembre del año mil ochocientos cuarenta y dos. Cuya casa se tiene por el Señor otorgante, sucediendo a su padre D. Antonio Nadal y Darrer comerciante, y este por titulo de compra al Real Fisco y Camara, y bajo su dominio directo, al censo de una libra y cuatro sueldos pagadera todo los años en el dia de Navidad, conforme así mismo se expresa en la citada escritura. Los censos, laudemios, y demás derechos dominicales siempre salvos. Y confiesa que por el laudemio debido con motivo de dicho establecimiento, recibe de la nombrada adquisidora cincuenta libras moneda catalana, hecha graia de lo demás. En cuyo testimonio, conocido del infro notario, lo firma de su mano, siendo testigos D. Ramon Ortells y Lorenzo Codolá vecinos de esta ciudad.
Antonio Nadal y Vicent, Ante mi Pedro Rodriguez de Alcántara notario publico de número de Barcelona.