Saga Bacardí
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LIQUIDACIÓN DE LA PARTE DE LA COMPAÑÍA DE VESTUARIOS HACIA CRISTÓBAL GIRONELLA POR PARTE DE DE MESTRE Y BALTASAR DE BACARDI Y CLAVELL
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En la ciudad de Barcelona, a los seis dias del mes de Julio del año del Nacimiento del Señor de mil setecientos setenta y cinco.
Sepase por esta publica estritura como yo Cristóbal Gironella comerciante vecino de dicha ciudad: Por quanto con escritura publica que passó por ante el infro escribano a los veinte y quatro dias del mes de Febrero del corriente año, los Señores Dn. Ramon Nadal y Ferrer, en dicha ciudad domiciliado, Baltasar Bacardí, Antonio Lletfos, y Estevan de Mestre tambien comerciantes vecinos de la misma presente ciudad, y yo dicho Cristóbal Gironella hicimos extinción de la sociedad o compañía teniamos formada con Dn. Ramon Sierra vecino de la Villa y Corte de Madrid por razon del Real Asiento de vestuario para las tropas de Su Majestad, y por tiempo de diez años que tuvieron principio en el dia veinte y uno de Noviembre de mil setecientos sesenta y tres, y cumplieron en veinte de Noviembre de mil setecientos setenta y tres; Y juntamente hicimos tambien cessión a favor del sobrenombrado Señor Dn. Ramon Sierra del dinero efectivo que en el reefereido dia veinte y quatro del mes de Febrero proximo passado se hallaban en caxa, vestuarios hechos, y empesados, paños de todos colores y calidades, estemeñas, lienzos, camisas hechas, medias de hilo, deudas; Y finalmente de todo lo demas annexo y perteneciente a dicha sociedad, con todos sus atrechos y acciones en virtud de los quales pudiesse el enunciado Sor. Dn. Ramon Sierra por si solo obrar y efectuar quanto la misma compañía podria practicar a no ser extinguida y cedidos por los referidos socios todos sus derechos y acciones en fuerza de la sobrecitada escritura, la que en quanto a mi interés. Loho y apruebo, ratifico, y confirmo. La qual cession azeto el referido Sor. Dn. Ramon Sierra con la escritura privada de fecha del dia quatro del mes de Marzo proximo passado comprobado y legalizada en el mismo dia por tres escrivanos de dicha Villa y Corte de Madrid; Y respeto que la sobremencionada extinción y cessión fuera venida con la precisa condicion (entre otras que el nombrado Dn. Ramon Sierra diesse satisfacer y darnos efectivos para todo el mes de Abril proximo un millon setecientos y cinquenta mil Reales de Vellon a la que se ha dado cumplimiento por parte del mismo Sor. Dn. Ramon Sierra que debe repartirse entre los sobrenombrados socios y otorgarse por los mismos la correspondiente carta de pago de lo que cada uno acredite y cobre de aquellos: Por tanto. De mi libre albedrío y espontanea voluntad otorgo carta de pago a favor del susodicho Sor. Dn. Ramon Sierra y compañía, aunque ausente, presentes por dichos Sor. Los sobrenombrados Baltasar Bacardí, y Estevan de Mestre personas por dicho Señor y para este efecto especialmente nombradas y deputadas con carta de fecha de veinte y quatro de Junio proximo passado de la cantidad de quarenta mil seiscientas setenta y tres libras diez y seis sueldos y seis dineros, equivalentes a quatro cientos treinta y seis mil y quinientos Reaales y cien maravedines de Vellon que me pertenecen, con y a credito de la cantidad sobrereferida de un millon setecientos y cinquenta mil Reales de Vellon, por un octavo y medio en que interesaba en la sobre expresada sociedad quales quarenta mil seiscientas setenta y tres libras, dies y seis sueldos y seis dineros confessó recibir en dinero de contado en presencioa del escribano y testigos baxo escritos por manos de los mismos sobre nombrados Baltasar Bacardí y Estevan de Mestre pagando de dinero proprios del citado Sor. Dn. Ramon Sierra y compañía. En cuyo testimonio otorgo la presente escritura en la referida ciudad de Barcelona en los dia, mes y año sobre contenido. Siendo a ello presentes por testigos Magin Serrat joven comerciante y Miguel Carbonell escribiente en dicha ciudad residentes.
Cristóbal Gironella, Ante mi Dor. Carlos Carbonell escribano publico de numero de Barcelona que doy fee conozco al sobrenombrado Sor. Cristóbal Gironella, y que firmó de su mano.