Saga Bacardí
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DEPOSITO Y PROTESTA DE CANTIDAD HACIA EL REY, POR CRISTOBAL GIRONELLA Y PUJOL.


En la ciudad de Barcelona, entre las ocho y nueve horas de la mañana del dia diez y nueve del mes de Setiembre del año del Nacimiento del Señor de mil setecientos setenta y ocho, constituhido personalmente yo el escribano con los testigos bajo nombrados en las casas de la propria habitación de D. Raymundo Antonio Piria Tesorero por Su Majestad de la Real Junta de Govierno del Comercio de este Principado sitas en esta ciudad, y calle nombrada La Carassa dels Mirallers, y llamado y requerido por Christóval Gironella menor, comerciante matriculado, vezino de esta ciudad, en presencia de dicho Raymundo Antonio Piria, el citado Christoval Gironella menor requirió diese publico testimonio, como lo doy, de que depositava, y depositó en poder del citado Piria la cantidad de ochocientas ochenta y una libra, treze sueldos, y seis dineros, equivalentes a ocho mil ochocientos diez y seis reales, diez y ocho dineros de ardites, que puso sobre una mesa para que dicho tesorero la contase y recibiese, otorgandole la correspondiente carta de pago, a que se negó dicho D. Raymundo Antonio, y solamente le oreció un simple recibo, y haviendolo consentido dicho Christoval Gironella lo requirió para que continuase en el lismo recibo las expresiones, salvedades y protestas que bajo se diran a que respondió el nombrado D. Raymundo Antonio que no queria admitir protesta ni salvedad alguna por tener orden de la expresada Junta de no admitirlas, si solo un simple recibo, y haviendo quedado depositada la referida cantidad en poder del citado D. Raymundo Antonio Piria que la recibió, el expresado Christoval Gironella dixo y expresó que haria el expresado deposito para obedecer la Real Orden de diez y ocho Febrero del corriente año que dize tener la misma Junta sin haverla manifestado, y asi mismo para evitar mayores costas, publicidades y perjuhicios que le causa en sus intereses y honor la execución que se le ha empezado, y recobrar los generos que se le han apremiado protestar que quiere tener illesos todos los derechos que le copeten en virtud del recurso apelación que tiene enterpuesta a Su Majestad, y cualquiera otros que en via de derecho le pertenezcan, y atendiendo a que las cartas circulares mandadas solamente el que se haga el deposito protesta de qualquier perjuhicio que se le siga de soltar dicha partida a persona alguna, a cuia solta formalmente se opone hasta que Su Majestad resuelva sobre el asumpto, pues con esta reserva y protestas, haze el deposito y demas actos que en rezon de este se hizieren, y con la de que intenta recobrar la cantidad depositada de qualquiera persona que en derecho haya lugar, y protesta a dicho D. Raymondo Antonio Piria, y demas que convenga de todos daños, perjuhicios, y costas que de lo contrario puedan seguirsele, y de todo lo demas que le es licito protestar. De todas las quales cosas el expresado Christoval Gironella me requirió formase la presente escritura y a quien fuese menester entregase copia authentica. Que fue hecho en la referida ciudad de Barcelona en la hora, dia, mes y año arriba notados. Y dicho requirente (a quien yo el infro escribano doy fe conocer) lo firmó. Siendo presentes por testigos Mariano Colldelram y Joseph Thomas, escribientes en Barcelona habitantes.
Christoval Gironella, Ante mi Ramon Matheu y Smandia escribano.