Saga Bacardí |
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ESCRITURA DE PODERES A ARGEMIR, POR CRISTOBAL GIRONELLA Y PUJOL. |
Sepase por esta escritura de poder como yo D. Christoval Gironella ciudadano honrado de Barcelona y en ella domiciliado. De mi espontanea voluntad otorgo conozco que doy todo mi poder cumplido, libre, general, y bastante, qual de derecho se requiere y es necsario a D. Juan Argemir agente de los Reales Consejos, residente en la villa y corte de Madrid, aunque ausente como si fuese presente para que por mi, en mi nombre y representando mi persona, accion y derecho pueda parecer, y parezca ante Su Magestad (que Dios guarde) Señores de Su Real y Supremo Consejo y Real Camara, Ministros, oficiales, audiencias, y tribunales de Su Magestad, ante qualesquier suplicas, pedimentos y memoriales para obtener qualesquier escrituras y justificaciones que convengan, y le parecieren necessarias, obtengan qualesquier decretos, y la execucion de ellos haciendoles notificar a quien convenga, pues para todas y qualesquier diligencias que les parecieren necesarias le doy todas las facultades, y poderes que se requieranm haciendo lo mismo que yo haria, y hazer podria suiendo presente, con libre, y general administracion, y relevacion en forma, y con facultad de que pueda substituhir esta escritura, revocar los substitutos las veces y a favor de las personas que les pareciere, obligandome en forma de derecho de haver por firme y valedero quanto dicho mi apoderado y sus substitutos obraren y a no revocarlo en tiempo alguno, bajo obligacion de todos mis bienes con todas renuncias de leyes, y derechos de mi favor. En cuyo testimonio otorgo la presente escritura en esta ciudad de Barcelona a los catorce dias del mes de Noviembre del año del Nacimiento del Señor de mil setecientos ochenta y siete. Y dicho otorgante (conocido de mi el infro escrivano) lo firmó. Siendo presentes por testigos D. Diego de Chia y Buxó, y Joseph Magurnes escrivientes en esta ciudad habitantes.
Christoval Gironella, Ante mi Ramon Matheu y Smandia escrivano.