Saga Bacardí
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ESCRITURA DE PODERES HACIA CLOS, POR JOSÉ GIRONELLA Y RIUS.


Sepase como jo Joseph Gironella tirador de oro de la presente ciudad. Espontaneamente otorgo todo mi poder tan bastante qual de derecho se equiera, sea necessario, a Mariano Clos y Vilar notario real y causidico presente. Paraque por mi, y en mi nombre pueda pedir, percibir, y cobrar todas y qualesquier cantidades de dinero, creditos, y alcanses, pensiones de censos, y censales, alquileres de casas y tierras, precios de arriendos, laudemios, y otras qualesquier cosas que se me deban, y en adelante deberan por qualesquiier causas y rasones, y de lo que cobrare otorguen cartas de pago, finiquitos, difiniciones, cessiones, cancelaciones, y demas resguardos necessarios.=
Otro si: Para que por mi, y en mi nombre, Pueda comparcer en todos Tribunales ecclesiasticos, y seglares, y allí intentar, seguir, y finalisar pleytos, y causas activas, y passivas, principales, y de apelación, movidas y movederas largamente, con el acostumbrado curso de pleytos, facultad expressa de jurar de calumpniaa, prestar causiones juratorias, y fiadoras, hacer, y presentar requisiciones, emparas, y embargos, y aquellas, y estos cancelar, y soltar siempre y quando le pareciere. Exponer clamos, y reclamos, instar execuciones, y hacer lo demas que acerca de dichos causas y su amplissimo curso se requiera, según el estilo de los tribunales donde se siguieren, sin limitación alguna. Y con facultad de substituhir este poder en quanto a pleytos solamente en uno o mas procuradores, aquellos revocar y toros de nuevo crear, siempre, y quando le pareciere. Y generalmente executar lo demas que yo personalmente hacer pudiera presente siendo. Prometiendo estar a juhicio, pagar lo jusgado y tener por firme y valedero para siempre todo lo que por dicho mi procurador, y sus substitutis fuere executado, y no revocarlo en tiempo alguno bajo la obligación de todos mis bienes muebles, y rahises havidas, y por haver, con la renuncia de derecho necessaria. En cuyo testimonio otorgo la presente escriptura en la ciudad de Barcelona a veynte dias del mes de Enero del anyo mil setecientos noventa y siete. Siendo presentes por testigos Joan Gil y Jayme Rolda maestros de hacer alfileres los dos en dicha ciudad residentes.
Joseph Gironella, Ante mi Joseph Clos y Trias notari quien afirmo conocer a dicho constituyente, y que firmó de su mano.