Saga Bacardí
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PROTESTO DE CAMBIABLES CONTRA FERRER, POR CRISTBAL GIRONELLA E Hijos.


En la ciudad de Barcelona a los veinte y cinco dias del mes de Enero del año mil ochocientos. Juan Sullés otro de los dependientes de los Señores D. Christoval Gironella de este comercio, con comisión y orden de dichos Señores, constituido personalmente en las casas de las propias habitacion de D. Juan Ferrer también de este comercio, que se ehallan en la calle de Basea, a fin que dicho Señor acetase las letras de cambio baxo insewrtas, le presentó las dos primera que son como siguen.
Liborno lo onse Janvier mille hutcents. pour pistolles mille de trente deux deaux pte. et, p. pe. A quinze jours de vue, payez par cette premiere de change a l'ordre de Monsieurs de Lefevre Roustar et Cie., mille pistolle en especes metalliquer, et non en billets valeur en compte que vous passerez suivant l'avis de .= Mariano Oliva & Cia..= A Monsieure Juan Ferres, Barcelone.= payez a l'ordre de Monsieure Vicent Salucci et Cie., valeur en compte, Liborne ut retro.= Lefevre, Roustar et Cie.= Paguese a la orden de los Señores D. Christoval Gironella e Hijos, valor en cuenta. A diez y ocho de Enero mil ochocientos.= Vicente Salucci & Cia.= Liborne le onse Janvier mille huit cents. pour pistolles mille de trenta deux reaux de platte effectif p. pe..= A huit huit jours de sa, payez par cette premiere de change a l'ordre de Monsieur Lefevre Roustar et Cie. mille pistolles de trente deux reaux de platte, la pistolles, en especes metaliqies, et non en billets, valeur, en compte, que vous passerez suviant l'avis de.= Mariano Oliva et Cie..= A Monsieur Juan Ferrer, Barcelone.= payez a l'ordre de Monsieur Vicents Salucci et Cie., valeur en compte. Liborne ut retro.= Lefevre, Roustar et Cie.= Paguese a la orden de los Señores Christoval Gironella e Hijos, valor en cuenta, Madrid diez y ocho de Enero de mil ochocientos.= Vicente Salucci & Cia.=
Y vistas dichas letras por el citado D. Juan Ferrer dixo: Que no queria acetarlas por los motivos escritos al librador. Y el citado Pullés protestó contra dicho Señor librador de las insertadas letras, endozantes y demas que tengan derecho de todo daño, gasto, perjuicio, interes, cambio, recambio y demas que por falta de acetación de dichas letras se seguiran, y pueden seguir a los citados Señores Christoval Gironella e Hijos. De todo lo que dicho Pullés ha requirido a mi el escribano, formase la presente publica escritura, y que de ella a el, y demas que convengan entregase copia autentica, Lo que fue hecho en esta ciudad de Barcelona en los dia, mes y año que preceden. Y dicho requirente, conocido del infro escribano, lo firmó. Siendo presentes por testigos Cristóbal Doménech, y Ramon Prats y Vallbona ambos de este comercio.
Juan Sulles, Ante Joseph Ubach.