Saga Bacardí |
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PROTESTO DE CAMBIABLE CONTRA GUILLE, POR CRISTOBAL GIRONELLA & Hijos. |
En la ciudad de Barcelona a los doce dias del mes de Setiembre del año mil y ochocientos. Juan Palles, otro de los dependientes de los Señores Cristóbal Gironella e Hijos, del comercio de esta ciudad, con comisión y orden de dichos Señores, constituhido personalmente en las casas de la propia habitación e los Señores D. Nicolas Guille & Cia. de este comercio que se hallan en la calle de la ciudad, a fin que dichos Señores acetasen baxo incerta, les presentó la lestra de cambio que es como sigue.=
Hamburgo y veinte y dos de Agosto de mil y ochocientos. Por ducados mil sietecientos noventa y dos, siete sueldos y tres dineros de a trescientos setenta y cinco Mrs. Plata.= A uno y medio mandaran Vms. pagar en esa por esta primera de cambio a la orden de los Señores D. C. Gironella e Hijos mil sietecientos noventa y dos ducados, siete sueldos, tres dineros de plata de a trescientos setenta y cinco Mvs. de plata, valor en cuenta, y Vms. los cargara en cuenta como le avisamos esta de.= De Chapeaunange y Urgulle.= A los Señores D. N. Guille & Cia. , Barcelona.=
Y vista dicha letra por los expresados Señores, dixeron: Que no querian acetarla por cuenta y objeto que ha sido librada. Y el enunciado Pulles protestó contra dichos Señores, libradores de la incertada letra, y demas que tenga derecho de todos daños, gastos, perjuicios, intereses, cambios,r ecambios y demas que por falta de acetación de dicha letra se seguiran, y pueden seguir a los nombrados Señores D. Cristóbal Gironella e Hijos. Inmediatamente los mismos Señores D. Nicolas Guille dixeron: Que mediante el procedente protesto la acetarian por honor de la firma de los libradores de la misma letra como en efecto la acetaron, con reserva empero de los derechos que les correspondan par reclamar el importe de la expresada letra junto con lo demas que les competa de los referidos libradores, y de quien haya lugar en derecho. De todo lo que dicho Pulles ha requirido a mi el escribano formase la presente publica escritura, y que de ella a el, y demas que convenga entregase copia autentica. Lo que fue hecho en esta ciudad de Barcelona en los dia, mes y año arriba notados. Y dicho requirente, conocido del infro escribano, lo firmó. Siendo presentes por testigos Danie Frache, y Jorge Ester, ambos e este comercio.
Juan Pulles, Ante Jospeh Ubach.