Saga Bacardí
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ESCRITURA DE PROTESTO CONTRA CASALIS, POR CRISTOBAL GIRONELLA & HIJO.


En la ciudad de Barcelona a los onze días del mes de Enero de mil ochocientos, Juan Pulles otro de los dependientes de los Señores D. Christoval Gironella & Hijo, de este comercio, con comisión y orden de dichos Señores, constituido personalmente en los estudios del despacho del infro escribano, que se halan en la calle den Jaupí, junto con Felix Casalis mercero vecino de esta ciudad, a fin de cobrar de dicho Señor el importe de la letra baxo inserta, le presentó la letra de cambio que es como sigue.= Premiere, Paris le vingt aout mil sept cent quatre vingt dizx et neuf.= Pour libres cing cent dix et huit tourmeixer en argent.= A quiinze jours de date payez par cette premiere de change a notre otrde la somme de cinq cents dix et huit livres tourneise a quatorze livres douze sols la pistolle, valeur en moi memme que passerez suivant l'avis de. Bon pour cinq cent dix et huit livvres tourneise a quatorze livres douze sous la pistol.= P.P Freres Oliver.= Nillia.= A Monsieurs Felix Casalis & Cie. a Barcelone. Payez a l'ordre de Monsieur Francie & Cie. Paris et quatre Piare.= Francisto Llirir. Payez a l'ordre de Messieur Chistoval Gironella & Fil, valeur en compte.= Bayone le trois janvier mil sept cents quatre vingt dix et nuef.= Frances & Cie.= Y vista dicha letra por el citado Pullés dixo: Que no la pagaba por no no tenersele entregado las indicadas dos que tiene pedidas, y el nombrado Pullés protestó contra dicho Casalis, librador de las insertada letra, endosante y demás que tenga derecho de todos daños, gastos, perjuicios, intereses, cambios, recambios y demás que por falta de pago de la insertada letra. Se seguirán y pueden seguir a los nombrados Señores D. Christoval Gironella & Hijo. De todo lo que dicho Pulles ha requirido a mi el escribano, formase la presente publica escritura, y que de ella a el, y demás que convenga entregase copia autentica. Lo que fue hecho en esta ciudad de Barcelona en los dia, mes y año que preceden. Y dicho requirente (conocido del infro escribano) lo firmó. Siendo presentes por testigos Antonio Ubach y Luis Comes escribientes residentes en esta ciudad.
Juan Pullés, Ante Joseph Ubach.