Saga Bacardí
03473
ESCRITURA DE PODERES HACIA CORRAL, POR CRISTOBAL GIRONELLA E HIJOS.


Ante mi el escribano y testigos baxo nombraderos compareció D. Joseph Gironella en su nombre social de Cristobal Gironella e Hijos, públicos comerciantes en esta ciudad de Barcelona en España, el qual de su espontanea voluntad ha constituido, y establecido por sus procuradores actores, y factores generales y especiales, la una calidad no derogando la otra, a saber los Señores Antonio Corral padre e hijos & Cia. públicos comerciantes de la ciudad de Triessa, ausentes, como si fuesen presentes, paraqué en nombre de dicho Señor compareciente su referido nombre social y representando su persona, accione,s y derechos puedan pedir, exigir, y cobrar de qualesquiera personas, depositarios, sociedades, y de quien convenga qualesquiera cantidades de dinero, créditos, efectos, generos, mercadurias, vales, letras de cambio, obligaciones, y otros qualesquiera bienes, y cosas debidos, y que se deberán a dicho Señor compareciente en su referido nombre social por qualquier titulo, o causa y d elo cobrado dar cartas de pago, recibos, y demás escrituras necesarias con cancelación de qualesquiera otras así publicas como privadas, y subrogación de derecho. Y para todo quanto ocurrirá comparecer ante qualesquiera jueces, y tribunales, y allí seguir qualesquiera procesos, y causas activas y pasivas, exponiendo quanto será conveniente a los intereses de dicho Señor compareciente en su referido nombre social, hacer, y promover qualesquiera seqüestros, y cancelarlos quando querrá, nombrar depositarios, e instar que sean nombrados presentando testigos, escrituras y todo quanto será necesario para el cuso de los pleytos según el estilo de los tribunales donde se seguirán, también con facultad de substituir las presentes en todo o en parte, a uno, o mas procuradores, revocarlos, y nombrar otros en su lugar quando querrán. Y finalmente para todo lo arriba dicho, circunstancias, y dependencias hacer todo quanto a dichos sus procuradores, y a sus substitutos parecerá bien, con todas las facultades necesarias, y oportunas con la clausula cum libera administratione aunque las cosas fuesen tales que se siguiesen un poder mas amplio, y especificado, el todo baño resarcimiento de todos daños, gastos, e intereses en juicio, y fuera de el, dado especial hipoteca de todos los bienes de dicha sociedad de Cristobal Gironella e Hijos muebles y raíces, presentes y venideros con el amplísimo constituto posesorio de aquellos en forma fiscal y camaral, y con todas las clausulas, y ratificaciones de estilo. En cuyo testimonio otorga la presente publcia escritura en esta dicha ciudad de Barcelona a los diez y siete días del mes de Marzo del año del Nacimiento del Señor mil ochocientos y tres. Y dicho Señor compareciente (conocido del infro escribano) lo firmó. Siendo presentes por testigos Matteu Lugan y Joan Aloy escribientes en esta ciudad residentes.
Joseph Gironella en dicho nombre, Ante mi Ramon Matheu y Smandia notario.