Saga Bacardí
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ESCRITURA DE PODERES HACIA COMPTE, POR JOSÉ DE GIRONELLA Y TOMBA.


Ante mi el escribano, y testigos baxo nombrados compareció D. Joseph Gironella en su nombre social de Cristoval Gironella e Hijos públicos comerciantes en esta ciudad de Barcelona en España, el qual de su espontanea voluntad ha constuido y establecido por sus procutadores, actuales y futuros, generales y especiales, la una calidad no derogando la otra a saber los Señores Antonio Comte padre e hijos, & Cia. públicos comerciantes de la ciudad de Triesse, ausentes, como si fuesen presentes, paraqué en nombre de dicho Señor compareciente su referido nombre social y representando su persona, acciones, y voces, puedan pedir, exigir, y cobrar de qualquiera personas, depositarios, sociedades, y de quien convenga qualesquiera cantidades de dinero, créditos, efectos, frutos, mercaderías, vales, letras de cambio, obligaciones, y otros qualesquiera bienes, y cosas debidos, y que se deberán a dicho Señor compareciente, en su referido nombre social, por qualquier titulo, o causa, y de lo cobrado dar carta de pago, recibos, y demás escrituras necesarias con cancelación de qualesquiera otras así publicas, como privadas, y subrogación de derecho. Y para todo quanto ocurriera comparecer ante qualesquiera jueces, y tribunales, y allí seguir qualesquiera procesos, y causas activas, y pasivas, exponiendo quantos será conveniente a los intereses de dicho Señor compareciente, en su referido nombre social, hacer, y promover qualesquiera sequiestros, y cancelarlos quando querrá, nombrar depositarios, e instar que sean nombrados presentando testigos, escrituras, y todo quanto será necesario para el curso de los pleytos según el escrito de los tribunales donde se siguieran, también con facultad de substutiir las presentes en todo o en parte a uno, o mas procuradores, recocarlos, y nombrar otros en su lugar quando querrán, y finalmente para todo lo arriba dicho, cicrunstancias, y dependencias hacer todo quanto a dichos sus procuradores, y a sus substitutos parecerá bien, con todas las facultades necesarias, y oportunas con la clausula cum libera administratione aunque las cosas fuesen tales que exigiesen un poder mas amplio, y especificado, el todo bano resarcimiento de dotos daños, gastos, e intereses en juicio, y fuera de el, Bajo especial hipoteca de todos los bienssz de dicha sociedad de Cristobal Gironella e Hijos, muebles, y raíces, presentes y venideros con el amplísimo constituto posesorio de aquellos en forma fiscal, y camaral, y con todas las clausulas y ratificaciones de estilo. En cuyo testimonio otorga la presente publica escritura en esta cicha ciudad de Barcelona a los diez y siete días del mes de Marzo del año del Nacimiento del Señor mil ochocientos y tres. Y dicho señor compareciente (conocido del infro escribano) lo firmó siendo presentes por testigos Mathias Lugan y Juan Aloy escribientes en esta ciudad residentes.
Joseph Gironella en dicho nombre, Ante mi Ramon Matheu y Smandia.